This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Sun May 24 20:36:57 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Art 47 De La Ley 27 423 Art 5 Del Decreto Nro 1077 --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA       Buenos Aires, 10 de octubre de 2019.- Y VISTOS: Habida cuenta que, en la especie, los trabajos de ejecución de los emolumentos regulados en fs. 414/17 a favor del perito Francisco José Vázquez, se restringieron a intimar de pago al deudor, solicitar embargo sobre las cuentas de este último y, una vez depositados los fondos en autos, a percibirlos, juzga esta Sala que corresponde aplicar en la especie las pautas arancelarias correspondientes a los incidentes. Ahora bien, cabe señalar que el art. 47 de la ley 27.423 ha sido observado por el artículo 5 del Decreto Nro. 1077 de fecha 20 de diciembre de 2017, careciendo actualmente de vigencia.- Por ende, esta Sala estima utilizar prudenci almente los parámetros del artículo 16 de la Ley 27.423, valorando las labores profesionales por su importancia, extensión y calidad, por lo que, estando solo apelados por bajos, se confirman en nueve mil pesos, equivalentes a 3.75 UMA, regulados a fs. 572/3 a favor del Francisco José Vázquez (confr. Acordada N° 20/19 CSJN).- A fin de cumplir con la publicidad prevista por el art. 1 de la ley 25.856, según el Punto I.3 del Protocolo anexado a la Acordada 24/13 CSJN y con el objeto de implementar esa medida evitando obstaculizar la normal circulación de la causa, hágase saber a las partes que la publicidad de la sentencia dada en autos se efectuará, mediante la pertinente notificación al CIJ, una vez transcurridos treinta (30) días desde su dictado, plazo durante el cual razonablemente cabe presumir que las partes ya habrán sido notificadas. Devuélvase a primera instancia, encomendándose al Sr. Juez a quo disponer las notificaciones del caso con copia de la presente resolución. Solo intervienen los firmantes por hallarse vacante el restante cargo de la Sra. Juez de esta Sala (art. 109, Reglamento para la Justicia Nacional).   ALFREDO A. KÖLLIKER FRERS MARÍA ELSA UZAL VALERIA C. PEREYRA PROSECRETARIA DE CÁMARA     076593E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-27 17:54:30 Post date GMT: 2021-03-27 17:54:30 Post modified date: 2021-03-27 17:54:30 Post modified date GMT: 2021-03-27 17:54:30 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com