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JURISPRUDENCIA Buenos Aires, 9 de octubre de 2019. Y VISTOS: En atención a las presentaciones efectuadas por la patrocinante del perito tendientes a obtener el cobro de sus honorarios, se elevan a cuarenta centésimos de UMA (0,40) equivalentes a novecientos cincuenta y nueve pesos con veinte centavos ($ 959,20) los honorarios de N. M. B. K. (arts. 16, 19, 20, 21, 22, 24, 29 inc. f), 34 y 51 de la ley citada y Ac. 20/19 CSJN). Los honorarios revisados por esta Alzada fueron regulados a fs. 367. Publíquese a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose a la Sra. Juez a quo las notificaciones. Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalí a N° 5 (conf. Art. 109 RJN). MARÍA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO MATILDE E. BALLERINI Cita digital:
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