JURISPRUDENCIA

     

     

     

    Buenos Aires, 9 de octubre de 2019.

    Y VISTOS:

    En atención a las presentaciones efectuadas por la patrocinante del perito tendientes a obtener el cobro de sus honorarios, se elevan a cuarenta centésimos de UMA (0,40) equivalentes a novecientos cincuenta y nueve pesos con veinte centavos ($ 959,20) los honorarios de N. M. B. K. (arts. 16, 19, 20, 21, 22, 24, 29 inc. f), 34 y 51 de la ley citada y Ac. 20/19 CSJN).

    Los honorarios revisados por esta Alzada fueron regulados a fs. 367.

    Publíquese a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose a la Sra. Juez a quo las notificaciones. Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalí a N° 5 (conf. Art. 109 RJN).

     

    MARÍA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO

    MATILDE E. BALLERINI

     

       

    Cita digital: