|
This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales
[ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date: Sun May 31 14:22:15 2026 / +0000 GMT |
Honorarios Pautas De Regulacion Arts 6 7 9 20 37 Y 40 De La Ley 21 839 Modif Por La Ley 24 432JURISPRUDENCIA
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2019.- Y VISTOS: Conforme el monto comprometido en la presente litis, visto el modo de terminación del proceso, atento la etapa efectivamente cumplida y meritando la labor profesional desarrollada por su eficacia, extensión y calidad, se confirman en diecinueve mil quinientos pesos los honorarios regulados a fs. 137/8 a favor del doctor Hernán Darío Alejandro Ramos; asimismo, encontrándose apelados por altos, se confirman en diez mil cuatrocientos pesos los estipendios allí también establecidos a favor del doctor Mario Alfonso Bosso (cnfr. arg. CSJN, “Establecimiento Las Marías SACIFA c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativa” del 04.09.18; arts. 6, 7, 9, 20, 37 y 40 de la ley 21.839, modif. por la ley 24.432). A fin de cumplir con la publicidad prevista por el art. 1 de la ley 25.856, según el Punto I.3 del Protocolo anexado a la Acordada 24/13 CSJN y con el objeto de implementar esa medida evitando obstaculizar la normal circulación de la causa, hágase saber a las partes que la publicidad de la sentencia dada en autos se efectuará, mediante la pertinente notificación al CIJ, una vez transcurridos treinta (30) días desde su dictado, plazo durante el cual razonablemente cabe presumir que las partes ya habrán sido notificadas. Devuélvase a primera instancia, encomendándose al Sr. Juez a quo disponer las notificaciones del caso con copia de la presente resolución. Solo intervienen los firmantes por hallarse vacante el restante cargo de Juez de esta Sala (art. 109, Reglamento para la Justicia Nacional).
ALFREDO A. KÖLLIKER FRERS MARIA ELSA UZAL VALERIA C. PEREYRA Prosecretaria de Cámara 077140E |
| Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |