This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Wed May 27 14:03:19 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Monto Minimo Para Apelar Acordada 16 2014 De La Csjn --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA       Buenos Aires, 6 de noviembre de 2019. Y VISTOS: 1. El valor económico involucrado en los recursos de fs. 304 y fs. 317 -proporcionado por el importe por el cual se inició el incidente de verificación de crédito, el cual fue solicitado por este Tribunal a fs. 364, y se tiene a la vista- no supera el monto mínimo de apelabilidad previsto en el CPr., 242 -texto según Acordada nro. 16/2014 de la CSJN publicada en el B.O. 19.05.2014, aplicable en la especie- que ascendía a $90.000, a la fecha de su iniciación -07.03.2017- (conf. CNCom., esta Sala, in re "Cooperativa Credivico de Crédito Vivienda y Consumo Ltda. c/ Nobre, Rubén Esteban s/ejecutivo”, Expte. nro. 1682/2017 del 11.09.17). 2. Consecuentemente con ello, se declaran inaudibles los recursos de fs.304 y fs. 317. 3. Notifíquese por Secretaría del Tribunal, conforme Acordadas n° 31/11 y 38/13 CSJN, y a la Sra. Fiscal de Cámara en su despacho. 4. Oportunamente, cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada n° 15/13 CSJN y, devuélvase al Juzgado de origen. 5. Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalía n° 5 (conf. Art. 109 RJN).   MARÍA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO MATILDE E. BALLERINI     076343E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-27 16:28:02 Post date GMT: 2021-03-27 16:28:02 Post modified date: 2021-03-27 16:28:02 Post modified date GMT: 2021-03-27 16:28:02 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com