This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Sun May 24 23:12:54 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Prision Preventiva Prorroga Riesgos Procesales Homicidio Simple --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA       Buenos Aires, 7 de mayo de 2020. AUTOS Y VISTOS: Integrada la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal por los doctores Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos, reunidos de manera remota de conformidad con lo establecido en las Acordadas 6/20, 8/20, 10/20 y 13/20 de la C.S.J.N.; 6/20, 8/20 y 10 de la C.F.C.P., para resolver en la presente causa FLP 5223/2016/TO1/4/CFC2 caratulada: “Z. V., D. M. s/ Ley 24.390”, a cuyo respecto la feria fue habilitada a fs. precedentes. Y CONSIDERANDO: I. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata resolvió prorrogar la prisión preventiva de D. M. Z. V. por el término de seis (6) meses a partir del 27 de marzo de 2020. II. Que en atención al control que en la materia incumbe a esta Cámara Federal de Casación Penal, el Tribunal Oral mencionado elevó las presentes actuaciones. III. Corrida la vista al señor Fiscal General ante esta Cámara consideró que debe ser homologada la resolución que prorroga la prisión preventiva del imputado. IV. En la resolución sometida a control, los jueces de la instancia anterior refirieron que el imputado se encuentra requerido a juicio por la presunta comisión del delito de homicidio simple, en calidad de autor (arts. 45 y 79 del Código Penal). Asimismo, indicaron que el representante del Ministerio Público Fiscal imputó a D. M. Z. V. por “...haber causado la muerte de L. E. C., el día 29 de marzo de 2016, alrededor de las 15:10 horas, en el Pabellón “B”, Módulo III del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, lugar en el que ambos internos se encontraban alojados, en el marco de un enfrentamiento cuerpo a cuerpo, valiéndose para ello de un elemento corto punzante con el cual le produjo a la víctima dos lesiones cortantes, una en el tórax y otra en el miembro superior derecho, que le provocaron una hemorragia interna y externa que produjeron su deceso”. En ese entendimiento, destacaron la especial gravedad del ilícito reprochado, cuya escala penal, en caso de recaer condena, impediría el dictado de una sentencia de ejecución condicional, enfatizaron que sigue presente el riesgo procesal analizado al momento de decretar la prisión preventiva y detallaron el avanzado estado de la causa siendo que los “...actuados ingresaron al Tribunal el 11 de junio de 2019 (...) habiéndose radicado el 14 del mismo mes y año (...). Que así las cosas, el 16 de julio de 2019 se citó a juicio a las partes, en los términos del art. 354 del ordenamiento procesal penal federal (...). Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal ofreció prueba el 8 de agosto de 2019 (...), en tanto las Defensora Oficial, Dra. Laura Díaz el 16 de agosto de 2019 (...y) en la fecha (25/3/2020) se proveyó la prueba ofrecida por las partes”. Finalmente, enfatizaron que “...estando en un estadio tan avanzado el expediente, la continuidad de la prisión preventiva surge como razonable para garantizar la realización del juicio y así evitar que el acusado obstruya los fines procesales”. V. En virtud de que la prórroga de prisión preventiva oportunamente dispuesta, se encuentra debidamente fundada en datos objetivos de la causa, justificando el plazo de prórroga en las razones indicadas en la ley 24.390, corresponde que la misma sea homologada (en este sentido conforme art. 1 y 2 de la Ley 24.390 y arts. 210, inciso K, 221 y 222 del C.P.P.F., implementado en este punto por el art. 1 de la Resolución 2/19 de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal B.O: 13/11/19). Por ello, el Tribunal RESUELVE: HOMOLOGAR lo resuelto e informado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata, respecto de la prórroga de la prisión preventiva de D. M. Z. V. a partir del 27 de marzo de 2020 por el término de seis (6) meses, de conformidad con lo previsto por el artículo 1 de la ley 24.390. Regístrese, notifíquese, comuníquese (Acordada 5/19) y remítase al tribunal de origen mediante pase digital, sirviendo la presente de atenta nota de envío.   Firmado: Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo Gustavo M. Hornos. Ante mí: Marcos Fernández Ocampo Prosecretario de cámara.     Correlaciones: A., A. M. s/legajo de prórroga de prisión preventiva - Cám. Fed. Casación Penal - Sala Feria - 04/01/2020 - Cita digital IUSJU034510E   000865F --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-29 03:55:26 Post date GMT: 2021-03-29 03:55:26 Post modified date: 2021-03-29 03:55:26 Post modified date GMT: 2021-03-29 03:55:26 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com