This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Thu May 28 21:14:02 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Se reconoce la validez jurídica de la Firma Electrónica --------------------------------------------------- En un reciente y trascendental fallo, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de Argentina ha establecido un precedente fundamental en la validación de las firmas electrónicas. El caso en cuestión es el de CRECER S.G.R. c/ RJ VIÑEDOS S.A., en el cual se suscitó una disputa relacionada con un contrato de garantía recíproca firmado de manera electrónica. Inicialmente, el juzgado rechazó la ejecución del contrato argumentando la falta de una firma ológrafa o electrónica validable. Sin embargo, la Cámara revocó esta decisión, destacando la legalidad y eficacia de la firma electrónica conforme a la Ley 25.506. Este fallo enfatiza que, aunque la firma electrónica no es equiparable a la firma digital, su utilización en contratos es válida y cumple con los requisitos legales necesarios. Este fallo representa un avance significativo en la jurisprudencia comercial, adaptándose a las realidades de la era digital. Reconoce la firma electrónica como un medio legítimo para manifestar la voluntad en los contratos, facilitando así las transacciones comerciales y otorgándoles seguridad jurídica. La sentencia destaca: "El reemplazo de la firma ológrafa por la firma electrónica es una realidad en las prácticas comerciales cotidianas" y "Debe reconocerse a esa firma electrónica una eficacia, al menos inicial, similar a la que tiene la firma ológrafa". Este fallo marca un hito en la adaptación de nuestro sistema legal a las tecnologías modernas y refuerza la seguridad jurídica en el ámbito digital. Es importante comprender la diferencia entre la firma electrónica y la firma digital. La Ley 25.506 reconoce los efectos jurídicos tanto de la firma electrónica como de la firma digital. La firma digital utiliza un certificado digital emitido por un certificador licenciado por el estado, lo cual le otorga presunción de validez. Por otro lado, la firma electrónica es cualquier otra forma de vincular la identidad de una persona con la declaración de voluntad sobre un determinado documento. En Argentina, para firmar con firma digital se requiere un trámite presencial de validación de identidad y aceptación del Convenio con Suscriptores. Existen diferentes formas de utilizar la firma digital, como la instalación del certificado en un token criptográfico protegido por contraseña o la Plataforma de Firma Digital Remota, que utiliza un servidor en la nube para firmar los documentos con el certificado del titular. La firma electrónica, en cambio, no requiere el mismo nivel de burocracia y puede ser utilizada para agilizar procesos comerciales o legales mediante medios digitales. Permite a las personas firmar documentos desde cualquier lugar y mediante cualquier dispositivo, utilizando factores de autenticación complementados con criptografía asimétrica para demostrar la integridad del documento. Es importante tener en cuenta que la carga probatoria recae en quien invoca la validez de la firma electrónica. En conclusión, este fallo consolida la validez jurídica de la firma electrónica en Argentina, reconociéndola como un medio legítimo para manifestar la voluntad en los contratos. Este avance en la jurisprudencia comercial se adapta a las necesidades de la era digital, facilitando las transacciones comerciales y brindando seguridad jurídica. Es fundamental comprender las diferencias entre la firma electrónica y la firma digital, así como los requisitos y efectos legales de cada una. Fallo completo: --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2024-02-07 11:02:48 Post date GMT: 2024-02-07 11:02:48 Post modified date: 2024-03-20 14:26:10 Post modified date GMT: 2024-03-20 14:26:10 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com