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JURISPRUDENCIA PROCEDIMIENTO Prisión preventiva. Prórroga Buenos Aires, 17 de mayo de 2012. AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa nro. 15.488 del Registro de este Tribunal, caratulada: “R., R. R. s/inf. art. 1º ley 24.390”, respecto de R. R. R. Y CONSIDERANDO: I. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 1 de la Capital Federal, en la causa nro. 1.827 de su registro, con fecha 11 de abril de 2012, dispuso la prórroga de la prisión preventiva por el término de tres (3) meses respecto de S. S. S. a partir del 13 de abril del corriente (fs. 2/5 vta.). II. Que en atención al control que en la materia incumbe a esta Cámara Federal de Casación Penal, el Tribunal Oral mencionado elevó las presentes actuaciones. III. Que de lo manifestado en la resolución elevada, surge que dicha prórroga encuentra sustento, en la gravedad de los delitos atribuidos a R.; concretamente el delito de secuestro extorsivo agravado por la participación de mas de tres personas y por haber percibido el rescate, en concurso real con robo con armas e incendio de un automóvil (cfr. arts. 45, 55, 170, inciso 6°, 166, inc. 2° y 186, inciso 1°, del Código Penal). También se evaluó la circunstancia de que el nombrado registra antecedentes condenatorios, que eventualmente cabría unificar con la presente. Además, se valoró que se trata de un proceso complejo que generó un importante número de allanamientos e instancias recursivas. Por último, informó que el día 11 de abril se dio inicio a las audiencias de juicio oral y público, durante las cuales declararían alrededor de setenta testigos. IV. Que de conformidad con lo dictaminado por el Fiscal General y en virtud de hallarse debidamente fundada, en datos objetivos de la causa y teniendo especialmente en cuenta que se están realizando las audiencias de debate en el marco de la causa principal (ver certificación de fs. 11), el mantenimiento de la medida de coerción personal dispuesta por el plazo comunicado no se presenta incongruente respecto de las causas que justifican la prórroga (art. 1° de la Ley 24.390). Por ello, el Tribunal RESUELVE: HOMOLOGAR lo resuelto e informado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 1 de la Capital Federal, respecto de la prórroga por el término de tres (3) meses de la prisión preventiva del procesado R. R. R., a partir del 13 de abril de 2012, en la causa nro. 1.827 de su registro, de conformidad con lo previsto por el artículo 1º de la ley 24.390, debiendo el Tribunal informar acerca de la evolución del juicio y, en su oportunidad elevar a esta instancia copia certificada de la sentencia que recaiga en autos. Regístrese y líbrese of icio al Tribunal Oral mencionado acompañándole copia certificada de la presente. MARIANO H. BORINSKY GUSTAVO M. HORNOS JUAN CARLOS GEMIGNANI Ante mí: LUCÍA GALLAGHER Prosecretaria de Cámara Cita digital:
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