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DECRETO NACIONAL 585/2002
CREACION DEL CONSEJO ASESOR PARA LA FORMULACION DE POLITICAS PUBLICAS
BUENOS AIRES, 9 DE ABRIL DE 2002
BOLETIN OFICIAL, 11 DE ABRIL DE 2002
VISTO
y

CONSIDERANDO
Que la actual coyuntura económica y financiera de la República
Argentina, de alto contenido crítico, torna institucionalmente
obligatorio instrumentar las herramientas necesarias y adecuadas
para enfrentar la difícil situación de excepción.
Que en el marco de lo expuesto, se imponen determinados desafíos,
en todos los órdenes del quehacer nacional, lo que torna
imprescindible un minucioso análisis de todas aquellas cuestiones
relacionadas con la formulación de políticas públicas, por lo que
resulta aconsejable la creación de un Consejo Asesor en la materia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99 incisos 1 y 7 de la Constitución
Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1
Artículo 1 - Créase, en el ámbito de la COORDINACION GENERAL DE LA
UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA DE LA NACION el CONSEJO ASESOR
PARA LA FORMULACION DE POLITICAS PUBLICAS.

Artículo 2
Art. 2 - El Consejo que se crea por el artículo 1 tendrá por objeto
el asesoramiento en todos aquellos temas o asuntos que se pongan a
su consideración, debiendo elevar los informes y recomendaciones
pertinentes al Coordinador General de la UNIDAD PRESIDENTE de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, del que habrá de depender orgánicamente.

Artículo 3
Art. 3 - El citado Consejo estará integrado por TRES (3) miembros,
designados por el Poder Ejecutivo Nacional, de los cuales UNO (1)
ejercerá las funciones de Presidente, con rango de Subsecretario y
los DOS (2) restantes actuarán en calidad de Vocales. La labor de
todos sus miembros tendrá carácter "ad honorem".

Artículo 4
Art. 4 - El referido Consejo dictará su reglamento interno de
funcionamiento.

Artículo 5
Art. 5 - La COORDINACION GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE de la
PRESIDENCIA DE LA NACION suministrará el apoyo material y humano
que requiera el citado Consejo para el cumplimiento de su cometido.

Artículo 6
Art. 6 - Desígnase Presidente del CONSEJO ASESOR PARA LA
FORMULACION DE POLITICAS PUBLICAS al señor D. Juan Carlos MAZZOM
(D.N.I. N 7.872.968).

Artículo 7
Art. 7 - Desígnanse Vocales del CONSEJO ASESOR PARA LA FORMULACION
DE POLITICAS PUBLICAS a los señores D. José Carlos RAMOS (DNI N 5.
954.633) y a D. Andrés Américo BEVILACQUA (DNI N 7.619.470).

Artículo 8
Art. 8 - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.

FIRMANTES
DUHALDE-Gabrielli.
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