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Legislación Nacional21/04/2004 LEY 25881 INTERVENCIÓN FEDERAL Santiago del Estero. Intervención en sus poderes constituidos. Caducidad de mandatos de los miembros de los Poderes Ejecutivo y Legislativo. Declaración en comisión a los miembros del Poder Judicial sanc. 1/4/2004; promul. 1/4/2004; publ. 2/4/2004 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley: Art. 1. Declárase intervenida la provincia de Santiago del Estero en sus poderes constituidos, para garantizar la forma republicana de Gobierno. Art. 2. El Poder Ejecutivo nacional designará al interventor federal. Art. 3. Dispónese en la provincia intervenida la inmediata caducidad de los mandatos del Poder Ejecutivo y de los miembros del Poder Legislativo y declárase en comisión a los miembros del Poder Judicial. Art. 4. Fíjase el plazo de la intervención en ciento ochenta (180) días, prorrogables por el Poder Ejecutivo nacional por un período igual. Para asegurar la normalización y pleno funcionamiento de los Poderes provinciales el interventor deberá convocar a elecciones. Art. 5. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se imputarán a los créditos del Presupuesto de la Administración nacional para el Ejercicio 2004, en las partidas correspondientes. Art. 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Camaño Scioli Rollano Estrada |
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