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Legislación NacionalLEY 25999 PROCEDIMIENTO LABORAL Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Laboral. Traslado de la expresión de agravios. Modificación sanc. 16/12/2004; promul. 10/01/2005; publ. 11/01/2005 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley: Art. 1.– Sustitúyese el art. 119 de la Ley 18345 (t.o.) de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo por el siguiente: Art. 119.- Traslado de la expresión de agravios. El juez dará traslado de la expresión de agravios a la contraparte por el plazo de tres (3) días. El traslado será notificado personalmente o por cédula. Contestados los agravios o vencido el plazo para hacerlo, se elevará el expediente a la cámara. Art. 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo. Camaño - Guinle - Rollano - Estrada Referencias: Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo -L 18-: 19-A-160. |
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