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Decreto 1221/97 Decreto 1221/97 Del 14 de noviembre de 1997 Publicado en el B. O. el 21 de noviembre de 1997
Artículo 1. Prorrógase el plazo establecido en el artículo 2 del decreto 410/97 hasta el 31 de marzo de 1998.
Artículo 2. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
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