This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Mon May 11 7:53:19 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional ---------------------------------------------------  Boletín Oficial 28/02/03 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Decreto 428/2003 - (PEN) - Poder Ejecutivo Nacional - Apruébanse contratos celebrados por la citada Jurisdicción.MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDecreto 428/2003 Apruébanse contratos celebrados por la citada Jurisdicción.Bs. As., 27/2/2003VISTO el Expediente E10062003 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002 y N° 1196 del 05 de julio de 2002, yCONSIDERANDO:Que por el Decreto N° 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada —en los términos del artículo 2° del Decreto N° 23 del 23 de diciembre de 2001— en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.Que por el Decreto N° 1196/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto N° 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).Que resulta necesario proceder a la celebración de los contratos con cargo a la Jurisdicción 85 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1° del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Decreto N° 491/02.Por ello,EL PRESIDENTEDE LA NACION ARGENTINADECRETA:Artículo 1° — Apruébanse los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y las personas que se mencionan en el Anexo I, que forma parte del presente, conforme las condiciones, plazos, funciones, montos mensuales y totales allí consignados, conforme lo establecido en el mismo Anexo.Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputara con cargo a los créditos de las partidas especificas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 85 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — María N. Doga.NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767Capital Federal). --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0000-00-00 00:00:00 Post date GMT: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date GMT: 0000-00-00 00:00:00 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com