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Legislación NacionalDECRETO 1054/2003 DEUDA PÚBLICA Bonos del Gobierno nacional en pesos 9%. Emisión. Derogación del 11/11/2003; publ. 13/11/2003 Visto el expte. S01:0286525/2002 y el expte. S01:0003068/2003 ambos del registro del entonces Ministerio de Economía, el decreto 2599 de fecha 13 de diciembre de 2002 y la resolución conjunta 180 y 35 de la Secretaría de Hacienda y de la Secretaría de Finanzas, respectivamente, ambas del entonces Ministerio de Economía de fecha 23 de diciembre de 2002, y Considerando: Que por el art. 1 del decreto 2599 de fecha 13 de diciembre de 2002, se instruyó al entonces Ministerio de Economía, a través del Órgano Coordinador de los Sistemas de Administración Financiera, a efectuar en el marco del art. 5 de la ley 25565, la emisión de los instrumentos de deuda pública denominados bonos del Gobierno nacional en pesos 9%, para ser colocados al Banco de la Nación Argentina ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Economía y Producción. Que en función de lo expresado en el considerando anterior y por medio de la resolución conjunta 180 y 35 de fecha 23 de diciembre de 2002, de la Secretaría de Hacienda y de la Secretaría de Finanzas, respectivamente, ambas del entonces Ministerio de Economía, se dispuso la emisión de bonos del Gobierno nacional en pesos 9%. Que la emisión de esos títulos de deuda pública resultaba necesaria para recuperar, con la misma fecha valor, los fondos aplicados a la cancelación de las letras del Tesoro en dólares estadounidenses que se encontraban en poder del Banco de la Nación Argentina y del Banco de Inversión y Comercio Exterior (B.I.C.E.). Que la colocación de los bonos del Gobierno nacional en pesos 9%, fue sustituida por una fuente de financiación alternativa proveniente del Banco Central de la República Argentina, razón por la cual resulta conveniente proceder a derogar el decreto 2599/2002 y la resolución conjunta 180/2003 y 35/2003 de la Secretaría de Hacienda y de la Secretaría de Finanzas, respectivamente, ambas del entonces Ministerio de Economía. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Producción ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el art. 99 inc. 1 de la Constitución Nacional. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Deróguese el decreto 2599 de fecha 13 de diciembre de 2002 y la resolución conjunta 180 y 35 de fecha 23 de diciembre de 2002, de la Secretaría de Hacienda y de la Secretaría de Finanzas, respectivamente, ambas del entonces Ministerio de Economía. Art. 2. Comuníquese, etc. Kirchner Fernández Lavagna |
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