|
DECRETO 109/1980 IMPORTACIÓN Mercaderías beneficiadas por subsidios en el exterior o introducidas en condiciones de dumping. Derechos antidumping y compensatorios. Régimen. Reglamentación. Modificación del 11/01/1980; publ. 17/01/1980 El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– Sustitúyese el art. 15 del decreto 643/1979 por el siguiente: Art. 15.- En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 26 de la Ley de Secretaría de Estado de Comercio y Negociaciones Económicas Internacionales, publicará, con la periodicidad y en la forma que ella determine, la nómina de declaraciones juradas de necesidades de importación aprobadas, con indicación de: Posición N.A.D.I., cantidad, descripción, precio unitario y países de origen o de procedencia. Art. 2.– Comuníquese, etc. Videla - Martínez de Hoz
|