This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 12 3:52:32 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO 1109/1998OBRAS PÚBLICASFondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional. Representación del Estado Nacional. Comisión. Modificacióndel 21/9/1998; publ. 25/9/1998Visto el expte. 2037/1998 del registro de la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Presidencia de la Nación, lo dispuesto por la ley 24855 y su decreto reglamentario 924 del 11 de setiembre de 1997, yConsiderando:Que por ley 24855 se creó el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional.Que entre los objetivos de creación del Fondo Fiduciario mencionado se encuentra el de generar la infraestructura económica y social necesaria y prioritaria a través de la financiación de obras públicas nacionales y provinciales que tiendan a mejorar la preservación del medio ambiente, el bienestar general y la utilización de mano de obra intensiva.Que mediante el art. 23 del decreto 924/1997 se crea la Comisión para representar al Estado Nacional como jurisdicción ante el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional.Que en el marco del diseño estratégico de los lineamientos y prioridades de las políticas y programas en materia de manejo integrado de los recursos naturales y del ambiente en general, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 146 del 30 de enero de 1998.Que por el mencionado decreto 146 se transfirieron a la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Presidencia de la Nación todas las competencias atinentes a recursos hídricos y especialmente, lo vinculado a obras públicas hidráulicas y de saneamiento.Que en consecuencia, resulta necesario adecuar a la nueva distribución de competencias la representación del Estado Nacional en la mencionada Comisión.Que el presente acto se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 99 inc. 2 de la Constitución Nacional.Por ello,El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– Modifícase el art. 23 del decreto 924/1997 , el que quedará redactado de la siguiente manera:Art. 23.– El Estado Nacional, como jurisdicción, será representado por una comisión conformada por dos representantes con rango no inferior a Subsecretario, uno de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y uno designado por la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de la Presidencia de la Nación, y por dos (2) miembros designados por el Jefe de Gabinete de Ministros.Cada una de las jurisdicciones provinciales deberá designar al órgano u organismo que asuma su representación ante el fondo.Art. 2.– Comuníquese, etc.Menem – Rodríguez – Fernández  --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:08:02 Post date GMT: 0020-00-09 18:08:02 Post modified date: 0020-00-09 18:08:02 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:08:02 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com