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Legislación Nacionalvar disURL = '1287775/1288440/de_1196_2004.htm' ;document.write("");]]> DECRETO 1196/2004 DOCENTES REMUNERACIONES Haberes del mes de septiembre de 2004. Asignación no remunerativa y no bonificable. Pago del 10/9/2004; publ. 13/9/2004 Visto y Considerando: Que el día 11 de septiembre se conmemora el Día del Maestro, en honor a la memoria de Domingo Faustino Sarmiento, insigne estadista que impulsó el desarrollo de la educación. Que, en esta ocasión, es intención del Gobierno nacional distinguir la labor de los educadores, los que, aun en situaciones de crisis, han continuado desempeñando su tarea pedagógica, alentando la formación integral de las nuevas generaciones de argentinos. Que, ese sentido, se propone otorgar, por única vez, una asignación especial, consistente en una suma de pesos setenta ($ 70) no remunerativa y no bonificable, a abonar con los haberes del mes de septiembre del corriente año, a aquellos docentes alcanzados por la ley 25053 prorrogada por su similar 25919 . Que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología será la autoridad encargada de la implementación de la medida de que se trata. Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones emergentes del art. 99 inc. 1 de la Constitución Nacional. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– Instrúyese al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología a abonar a los docentes alcanzados por la ley 25053 prorrogada por su similar 25919 , una suma de pesos setenta ($ 70) no remunerativa y no bonificable, por única vez, con los haberes del mes de septiembre de 2004. Art. 2.– Comuníquese, etc. Kirchner - Fernández |
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