This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Wed May 27 5:17:58 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO 11978/1950CONTABILIDADLey de Contabilidad. Pagos por caja chica. Montos. Modificacióndel 14/6/1950; publ. 19/6/1950Art. 1.– Modifícase el art. 41 (ptos. 29 y 31) del decreto 5201/1948 reglamentario de la Ley 12961 de Contabilidad, en la siguiente forma:29.– Los funcionarios respectivos abonarán directamente con las sumas acordadas gastos hasta la cantidad de doscientos cincuenta pesos moneda nacional (m$n 250) y, excepcionalmente, en casos de urgencia justificada, hasta quinientos pesos moneda nacional (m$n 500). Cuando los pagos alcancen al setenta por ciento (70%) de la cantidad asignada, podrá solicitarse su reintegro previa rendición de cuenta de la cantidad invertida. En ningún caso, el plazo para esas rendiciones de cuentas excederá de seis (6) meses de la entrega de la suma respectiva.31.– Al 31 de diciembre de cada año se cancelarán los saldos en efectivo de las distintas cajas chicas a los efectos de nuevos compromisos, debiendo devolverse los fondos sobrantes a las Tesorerías que corresponda antes del 31 de enero del ejercicio siguiente.Art. 2.– Comuníquese, etc.Perón – Cereijo  --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:11:42 Post date GMT: 0020-00-09 18:11:42 Post modified date: 0020-00-09 18:11:42 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:11:42 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com