This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Mon May 11 2:33:03 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO 1299/1993PESCAProyectos que contemplan la incorporación de nuevas unidades a la flota pesquera. Autoridad de aplicacióndel 24/6/1993; publ. 28/6/1993Visto el expte. 800.520/93 del registro de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, el art. 17 del decreto 2236 de fecha 24 de octubre de 1991, el decreto 2632 de fecha 12 de diciembre de 1991, yConsiderando:Que con el dictado del decreto 2773 de fecha 29 de diciembre de 1992, que aprueba la estructura organizativa de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca se establecen los objetivos, responsabilidad primaria y acciones de los diversos organismos.Que el art. 17 del decreto 2236/1991 establece la posibilidad de que la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca como autoridad de aplicación delegue facultades exclusivamente a la Dirección Nacional de Pesca y Acuicultura.Que con posterioridad a la sanción de dicho decreto fue creada la Subsecretaría de Pesca por decreto 2632/1991 en el ámbito respectivo aclarándose sus facultades por el decreto 2773/1992 .Que de acuerdo a lo expuesto dicha subsecretaría se ve impedida de ejercer por delegación, funciones de competencia de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.Que es necesario, por ende, autorizar a la secretaría mencionada precedentemente, a delegar facultades en el organismo pertinente de su estructura.Que el presente acto se dicta de acuerdo con lo dispuesto en el art. 1 de la ley 20136 y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 86 inc. 2) de la Constitución Nacional.Por ello,El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– Sustitúyese el art. 17 del decreto 2236/1991 por el siguiente:Art. 17.– Será autoridad de aplicación del presente decreto la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, la que podrá delegar facultades en la Subsecretaría de Pesca, y dictará las normas complementarias y aclaratorias pertinentes.Art. 2.– Comuníquese, etc.Menem – Cavallo  --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:15:38 Post date GMT: 0020-00-09 18:15:38 Post modified date: 0020-00-09 18:15:38 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:15:38 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com