This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Mon May 11 1:31:17 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- var disURL = '1300510/1301506/de_1327_2005.htm' ;document.write("");]]> DECRETO 1327/2005POLICÍAREMUNERACIONESPersonal de la Policía Federal Argentina. Remuneraciones. Haber mensual. Determinación. Julio de 2005 del 27/10/2005; publ. 2/11/2005Visto el expte. SO2: 0004647/2005 del registro del Ministerio del Interior, lo normado por el art. 385 de la reglamentación aprobada por el decreto 1866 del 26 de julio de 1983 y sus modificatorios, el art. 75 de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina 21965, lo establecido por el decreto 3519/1984 , yConsiderando:Que la norma reglamentaria citada precedentemente establece que el haber mensual estará compuesto por los conceptos “Sueldo básico” y “Bonificación complementaria”.Que el decreto 3519/1984 determina que el concepto “Sueldo básico” representa el treinta por ciento (30%) y el concepto “Bonificación complementaria” el setenta por ciento (70%), constituyendo la sumatoria de ambos, el haber mensual.Que la “Bonificación complementaria”, conforme a lo establecido en el último párrafo del art. 75 de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina 21965 constituye “el reintegro de mayores gastos” que origina la responsabilidad profesional.Que, más allá de las razones que en su origen le dieron sustento, dicha compensación a la fecha se constituye por una suma de carácter remunerativa y bonificable que integra el haber mensual.Que, siendo así, resulta conveniente unificar los dos conceptos que integran dicho haber en la actualidad, ya que si bien tienen distintas denominaciones, poseen idéntica naturaleza jurídica.Que, a tal efecto, procede unificarlos bajo la denominación de sueldo básico.Que en atención a todo lo señalado en los Considerandos anteriores corresponde aprobar la escala salarial que resulta de lo que se dispone por este acto, la que no tiene efectos de orden presupuestario.Que han tomado intervención la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior.Que la medida se dicta en función de las atribuciones conferidas por los arts. 99 , inc. 2, de la Constitución Nacional y 75 de la ley 21965 .Por ello,El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– Incorpórase el concepto “Bonificación complementaria” contemplado en el ap. b) del art. 385 de la reglamentación aprobada por el decreto 1866/1983 de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina 21965 , al concepto “Sueldo básico” contemplado en el ap. a) del art. 385 de la referida reglamentación.Art. 2.– Sustitúyese el texto del art. 385 del decreto 1866/1983 (tít. II, cap. XVII - Haberes) reglamentario de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina 21965 , por el siguiente:“El haber mensual estará compuesto por el concepto sueldo básico”.Art. 3.– Fíjase, en consonancia con lo dispuesto en los artículos anteriores, el haber mensual para el personal de la Policía Federal Argentina, conforme a los importes que, para los distintos grados, se detallan en planilla que conforma el anexo I a la presente medida.Art. 4.– Las disposiciones del presente decreto regirán con efecto retroactivo al 1 de julio de 2005.Art. 5.– Comuníquese, etc.Kirchner - Fernández - FernándezAnexo IGradoHaber mensualComisario general1.940,80Comisario mayor1.804,00Comisario inspector1.664,90Comisario1.314,60Subcomisario1.074,20Principal899,70Inspector793,60Subinspector721,60Ayudante655,50Suboficial mayor1.046,00Suboficial auxiliar875,40Suboficial escribiente804,10Sargento 1º687,30Sargento660,10Cabo 1º615,00Cabo603,60Agente597,40Cadete 3º597,40Cadete 2º y 1º564,20Capellán general1.278,70Capellán principal963,00Capellán890,90Auditor interno1.940,80Auditor adjunto1.804,00Auxiliar superior de 1º854,40Auxiliar superior de 2º769,50Auxiliar superior de 3º683,80Auxiliar superior de 4º625,20Auxiliar superior de 5º612,50Auxiliar superior de 6º557,10Auxiliar superior de 7º485,10Auxiliar de 1º666,50Auxiliar de 2º582,10Auxiliar de 3º537,90Auxiliar de 4º492,60Auxiliar de 5º420,00Auxiliar de 6º380,60Auxiliar de 7º364,00Referencias: Const. Nac. : 199-A-26 - L 21965 : -A-42. --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:16:48 Post date GMT: 0020-00-09 18:16:48 Post modified date: 0020-00-09 18:16:48 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:16:48 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com