This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ]
Export date: Sun May 10 19:29:35 2026 / +0000 GMT

Legislación Nacional


DECRETO 1330/2003

PODER EJECUTIVO

Secretaría de Inteligencia de Estado. Relévase al ex titular de la obligación de guardar secreto. Causa judicial por sobornos en el Senado

del 29/12/2003; publ. 30/12/2003

Visto el requerimiento formulado por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 3 de la Capital Federal, Secretaría 6, en la causa 9900/00 caratulada “Ortega, Ramón Bautista y otros s/cohecho”, y lo dispuesto en el art. 16 de la Ley de Inteligencia Nacional 25520, y

Considerando:

Que el tribunal mencionado en el Visto citó, en la causa judicial indicada, a prestar declaración indagatoria a quien ocupara el cargo de secretario de la ex Secretaría de Inteligencia de Estado, Fernando Jorge de Santibañes y a prestar declaración testimonial a Gladys Mabel Mota, entonces secretaria del nombrado.

Que, asimismo, el citado tribunal mediante oficio de fecha 29 de diciembre de 2003, requirió el relevamiento de la obligación de guardar secreto o reserva que prevé la ley 25520 en relación a todos aquellos hechos o circunstancias sobre los que puedan tener conocimiento y se encuentren dentro del marco del ejercicio de los cargos oportunamente ostentados o les sea preguntado por el tribunal y que se encuentren en relación con los hechos investigados en los citados autos, respecto del ex secretario de Inteligencia de Estado, Fernando Jorge de Santibañes y de su entonces secretaria Gladys Mabel Mota.

Que el art. 16 de la ley 25520 establece que “las actividades de inteligencia, el personal afectado a las mismas, la documentación y los bancos de datos de los organismos de inteligencia llevarán la clasificación de seguridad que corresponda en interés de la seguridad interior, la defensa nacional y las relaciones exteriores de la Nación. El acceso a dicha información será autorizado en cada caso por el presidente de la Nación o el funcionario en quien se delegue expresamente tal facultad, con las excepciones previstas en la presente ley”.

Que la facultad aludida ha sido delegada al secretario de Inteligencia de la Presidencia de la Nación, de conformidad con lo dispuesto en el párr. 1 del art. 11 de la reglamentación de la Ley de Inteligencia Nacional 25520 , aprobada por el decreto 950/2002.

Que los ex funcionarios alcanzados por la requisitoria se encuentran obligados a guardar secreto aun después de cesar en sus funciones.

Que sin perjuicio de lo anterior, teniendo en consideración que en la especie se solicita el relevamiento de la obligación de guardar secreto del ex secretario de Inteligencia de Estado, Fernando Jorge de Santibañes corresponde que el Poder Ejecutivo nacional, tome intervención en atención al rango que ostentara el nombrado y su dependencia directa con el Poder Ejecutivo nacional.

Que en consecuencia se considera conveniente y necesario acceder a lo solicitado por el juez interviniente, permitiéndoles así prestar las declaraciones correspondientes, sin el deber de reserva que establece la normativa vigente, del que expresamente quedarán liberados a partir del dictado del presente.

Que se accede a la solicitud de relevamiento del secreto en forma excepcional en atención a lo precedentemente expuesto.

Que resulta necesario comunicar a los entonces funcionarios de la ex Secretaría de Inteligencia de Estado mencionados, lo que aquí se dispone.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Inteligencia de la Presidencia de la Nación.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los arts. 99 , inc. 1, de la Constitución Nacional y 16 de la Ley de Inteligencia Nacional 25520.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Relévase al ex titular de la entonces Secretaría de Inteligencia de Estado de la Presidencia de la Nación, Fernando Jorge de Santibañes (D.N.I. 4.519.597), de la obligación de guardar secreto, a efectos de que preste declaración indagatoria en la causa 9900/00 caratulada “Ortega, Ramón Bautista y otros s/cohecho”, en trámite por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 3 de la Capital Federal, Secretaría 6, a los fines expresados en el párr. 2 de los Considerandos.

Art. 2.– Instrúyese al secretario de Inteligencia de la Presidencia de la Nación a relevar de la obligación de guardar secreto a la ex funcionaria del organismo a su cargo, Dra. Gladys Mabel Mota, (D.N.I. 14.163.982) a efectos de que preste declaración testimonial en la causa 9900/00 caratulada “Ortega, Ramón Bautista y otros s/cohecho”, en trámite por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 3 de la Capital Federal, Secretaría 6, a los fines expresados en el párr. 2 de los Considerandos.

Art. 3.– El secretario de Inteligencia de la Presidencia de la Nación notificará, en forma fehaciente, con copia del presente decreto, a cada uno de los ex funcionarios mencionados en la requisitoria aludida en el presente.

Art. 4.– Comuníquese, etc.

Kirchner – Beliz

Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com