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Legislación NacionalDECRETO 1343/1993 PRIVATIZACIONES ENERGÍA ELÉCTRICA Compañía de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión Transener S.A. Venta del paquete accionario. Circulares del comité privatizador. Convalidación del 25/6/1993; publ. 3/8/1993 Visto el expte. 752.426/92 del registro de la Secretaría de Energía, y Considerando: Que mediante el decreto 2743 del 29 de diciembre de 1992 se ha dispuesto la ejecución de la privatización de la actividad de transporte de energía eléctrica a cargo de Hidroeléctrica Norpatagónica Sociedad Anónima, Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires Sociedad Anónima. Que a raíz de las consultas que formularan los adquirentes del pliego de bases y condiciones correspondiente al Concurso Público Internacional para la venta del sesenta y cinco por ciento (65%) del paquete accionario de la Compañía de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión Transener Sociedad Anónima (Transener S. A.), el comité privatizador, creado por el art. 7 de la resolución M. E. y O. S. P. 1483 del 29 de diciembre de 1992, ha considerado necesario introducir modificaciones al contrato de concesión del que es titular la sociedad antes mencionada, así como a su estatuto societario, al Reglamento de Acceso a la Capacidad Existente y Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica y al Reglamento de Conexión y Uso del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica. Que, en virtud de ello, el citado órgano ha emitido circulares que modifican tales actos que fueran oportunamente aprobados por el decreto 2743 del 29 de diciembre de 1992. Que, dados tales precedentes y teniendo en consideración los motivos que llevaron a su modificación, resulta necesario el dictado del acto convalidatorio. Que, asimismo resulta necesario determinar el límite para la aplicación de sanciones por parte del Ente Nacional Regulador de la Electricidad en aquellos supuestos previstos en la circular 10 . Que el Poder Ejecutivo nacional se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en las leyes 23696 , 15336 y 24065 y de las atribuciones que le confiere el art. 86 incs. 1) y 2) de la Constitución Nacional y el art. 19 inc. a) de la ley 19549. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Convalídanse las circulares 3 , 6 , 7 , 10 y 11 emitidas por el comité privatizador, órgano actuante en el Concurso Público Internacional para la venta del sesenta y cinco por ciento (65%) del paquete accionario de la Compañía de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión Transener Sociedad Anónima (Transener S. A.), las que en fotocopia autenticada y como anexo I forman parte integrante del presente acto. Art. 2. Autorízase a la Secretaría de Energía a incorporar al contrato de concesión de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión del que es titular Transener S. A., así como a su estatuto, al Reglamento de Acceso a la Capacidad Existente y Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica y al Reglamento de Conexión y Uso del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica las modificaciones emergentes de lo dispuesto en el artículo precedente. Art. 3. Entiéndese, a los efectos previstos en el párr. 2 del art. 29 del contrato de concesión otorgado a Transener S. A., conforme la redacción dada por la circular 10 , que las sanciones a aplicar por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad estarán sujetas al límite de sanciones previsto en el Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte en Alta Tensión. Art. 4. El presente acto comenzará a regir a partir de la fecha de su dictado. Art. 5. Comuníquese, etc. Menem Cavallo Nota: Este decreto se publica sin el anexo I. |
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