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Legislación Nacional


DECRETO 1350/1994

EDUCACIÓN

Consejo Nacional de Educación Técnica. Intervención. Plazo. Prórroga

del 5/8/1994; publ. 11/8/1994

Visto el decreto 180 del 8 de febrero de 1994, y

Considerando:

Que por dicho acto se dispuso la intervención del Consejo Nacional de Educación Técnica por el término de ciento ochenta (180) días, a efectos de proceder a su reorganización, previéndose también la integración de un Consejo Consultivo asesor, a integrarse con las entidades no gubernamentales mencionadas en el art. 1 de la ley 19206.

Que por resolución 6-I del Consejo Nacional de Educación Técnica, la intervención del mencionado organismo convocó a la conformación del citado Consejo Consultivo, a efectos de elevar propuestas relativas a la aplicación de la Ley Federal de Educación 24195 , a las orientaciones y contenidos de la educación polimodal, a la formación profesional, y a los mecanismos de articulación con el mundo del trabajo y con otros entes gubernamentales.

Que encontrándose en elaboración dichas propuestas, que resultan necesarias para la reestructuración definitiva del organismo, es conveniente disponer la prórroga de la intervención en el mismo, confirmándose a sus autoridades.

Que habiendo caducado el plazo fijado en el art. 7 del decreto 2451, del 25 de noviembre de 1993, sin que fuera presentada la estructura organizativa del Consejo Nacional de Educación Técnica, corresponde conceder a la gestión que por este acto se prorroga, la facultad de llevar a cabo la tarea, determinando el lapso en que debe cumplirse esa finalidad.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones emergentes del art. 86 , incs. 1 y 10 de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Prorrógase la intervención en el Consejo Nacional de Educación Técnica dispuesta por el decreto 180 del 8 de febrero de 1994, por el término de ciento ochenta (180) días, a partir del 8 de agosto de 1994, ratificándose en sus cargos a las actuales autoridades.

Art. 2.– Fíjase el 28 de febrero de 1995, como plazo para la presentación de la estructura organizativa del Consejo Nacional de Educación Técnica, indicada por el decreto 1334 de fecha 3 de agosto de 1992.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Menem – Rodríguez

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