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Legislación Nacional


DECRETO 1454/1990

FUERZAS ARMADAS

Personal militar. Suplemento por antigüedad. Aclaración

del 30/7/1990; publ. 16/8/1990

Visto el decreto 170 del 7 de febrero de 1989, y

Considerando:

Que en virtud de dicho pronunciamiento se varió el sistema de liquidación del Suplemento por Antigüedad de Servicios del Personal Militar de las Fuerzas Armadas y de Seguridad dependientes del Ministerio de Defensa, desvinculándolo del que es propio de la Administración Pública nacional regido por el escalafón aprobado por decreto 1428/1973 .

Que de la aplicación del decreto 170/1989 han surgido interpretaciones que no se ajustan a las disposiciones reglamentarias vigentes para la liquidación del mencionado suplemento.

Que por lo expuesto, resulta necesario establecer una norma que lleve a satisfacer el espíritu con que fuera concebido el decreto 170/1989 .

Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida encuadra en las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo nacional, por el art. 86 , inc. 1) de la Constitución Nacional.

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Aclárase que, a los fines prescriptos en el art. 1 del decreto 170/1989, al personal militar de las Fuerzas Armadas y de Seguridad dependiente del Ministerio de Defensa, deberá aplicarse la mecánica administrativa prevista en el art. 2404 , inc. 2), ap. b) de la reglamentación del cap. IV –Haberes– de la ley 19101, aprobada por decreto 1081/1973 y modificatorios.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Menem – González – Romero

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