DECRETO 1458/1996

PESCA

Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero. Estructura organizativa. Aprobación

del 13/12/1996; publ. 23/12/1996

Visto el decreto 1187 de fecha 20 de junio de 1991, modificado por su similar 2837 del 29 de diciembre de 1992, la ley 24629 , y

Considerando:

Que mediante los decretos citados precedentemente se aprobó la conformación organizativa del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (Inidep), organismo descentralizado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, en el marco de la primera reforma del Estado.

Que la ley 24629 impulsa la continuación del proceso de reforma y modernización del Estado nacional, marcando pautas que reafirman la política del Gobierno nacional en cuanto al mejoramiento del funcionamiento y la calidad de los servicios prestados por las distintas jurisdicciones de la Administración Pública nacional, estableciendo la necesidad de producir cambios estructurales profundos que fortalezcan las funciones indelegables de los organismos nacionales.

Que a través del dictado del decreto 558 de fecha 24 de mayo de 1996, se estableció la obligación para cada jurisdicción de presentar una propuesta de estructura organizativa y distribución de las plantas de personal hasta el nivel de dirección nacional, general o equivalente o primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político.

Que en concordancia con todo lo expuesto corresponde aprobar la estructura organizativa del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (Inidep).

Que la Unidad de Reforma y Modernización del Estado ha tomado la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades emergentes del art. 99 , inc. 1) de la Constitución Nacional, del cap. II de la ley 24629 y de la ley 23696 .

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Apruébase la estructura organizativa del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (Inidep), organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, de acuerdo con el organigrama, objetivos, responsabilidad primaria y acciones, planta permanente y planta no permanente que como anexos I, II, IIIa y IIIb forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2.– Transfiérese del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero a la Subsecretaría de Pesca de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, al agente Gustavo Alcides Wycky, (D.N.I. 16.804.433), nivel E grado 6 del escalafón aprobado por el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (Sinapa).

Dicho agente mantendrá el nivel y grado de revista vigentes a la fecha de la presente medida.

Art. 3.– En un plazo de treinta (30) días a partir de la aprobación del presente, el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero deberá elevar la propuesta organizativa de las aperturas inferiores correspondientes a las aprobadas por este acto, en concordancia con lo establecido por el decreto 1545 de fecha 31 de agosto de 1994 y la resolución 422 del 13 de setiembre de 1994 del registro de la Secretaría de la Función Pública, entonces dependiente de la Presidencia de la Nación. Hasta tanto se aprueben, quedarán vigentes las unidades existentes con la asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas.

Art. 4.– El gasto que demande la implementación de la presente medida será atendido con cargo al inc. 1 –gastos en personal– entidad 607 de la jurisdicción 50.00 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Art. 5.– Deróganse los decretos 1187 del 20 de junio de 1991 y 2837 de fecha 29 de diciembre de 1992.

Art. 6.– Comuníquese, etc.

Menem – Rodríguez – Fernández

Anexo I

 

 

 

 

 

 

 

 

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Unidad de Auditoría Interna Ley 24156

 

Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Secretaría de Agricultura. Ganadería, Pesca y Alimentación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dir. Nac. de Investigación

 

Capitanía de Armamento

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dirección de Administración

 

Dir. de Recursos Humanos y Organización

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo II

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO

OBJETIVOS

1. Proponer a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación la planificación de los programas y proyectos de investigación referidos a los recursos pesqueros, entendiendo en la ejecución y control de los mismos y propendiendo a su mejor utilización y explotación económica sostenible.

2. Planificar y ejecutar estudios sobre el perfeccionamiento y desarrollo de los sistemas de captura, artes de pesca y selectividad de las mismas.

3. Entender en las investigaciones relativas a procesos tecnológicos conducentes a una mejor utilización de los recursos pesqueros.

4. Desarrollar y/o adaptar tecnologías de cultivos para organismos acuáticos de valor comercial.

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización del servicio, privilegiando las pautas de economía, eficiencia y eficacia.

ACCIONES

1. Establecer la planificación general y anual de la Auditoría Interna y los programas específicos, conforme a las pautas establecidas por la Sindicatura General de la Nación y dirigir su ejecución.

2. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior del organismo.

3. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del sistema de control interno.

4. Verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la gestión del organismo, tanto en materia administrativa como técnica específica.

5. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados para la elaboración de los informes o estados contables.

6. Emitir informes periódicos respecto de las auditorías realizadas y otros controles practicados.

7. Informar a las autoridades superiores y a la Sindicatura General de la Nación respecto del nivel de cumplimiento de las recomendaciones y/u observaciones que se hubieran realizado.

8. Informar sobre los temas que la Sindicatura General de la Nación le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en todas las cuestiones relacionadas con la gestión económico-financiera del organismo.

ACCIONES

1. Elaborar el anteproyecto de presupuesto general de gastos y cálculo de recursos.

2. Fiscalizar la custodia y movimiento de fondos y bienes patrimoniales del organismo.

3. Fiscalizar el cumplimiento de la normativa legal vigente sobre contrataciones, adquisiciones de obras, bienes y servicios.

4. Administrar los servicios generales y técnicos, de intendencia, automotores y mantenimiento del instituto.

DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan el funcionamiento de los recursos humanos, la planificación y el diseño organizacional.

ACCIONES

1. Administrar y mantener actualizados los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de planeamiento organizacional y de administración de recursos humanos.

2. Coordinar y asistir técnicamente en el proceso de búsqueda, selección, integración, capacitación y desempeño del personal.

3. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera, proponiendo y ejecutando las medidas pertinentes.

4. Analizar el esquema general de incentivos al personal, proponiendo las medidas que considere necesarias.

5. Coordinar y actualizar el relevamiento de los puestos de trabajo, como así también de los procesos, flujos y procedimientos, indicando las modificaciones y simplificaciones pertinentes.

6. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional, elaborando y proponiendo las modificaciones de la estructura organizativa.

7. Relacionarse con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos y convenios.

DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Formular, ejecutar y controlar los proyectos de evaluación de pesquerías, de desarrollo de tecnologías, de artes de pesca, de procesos tecnológicos y de acuicultura, conforme las pautas y prioridades que en tal sentido establezca la superioridad.

ACCIONES

1. Realizar los estudios pertinentes y la evaluación de los recursos pesqueros conforme lo establezca la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, proponiendo a la misma las bases técnicas y económicas aconsejables para su explotación y manejo sostenible y la planificación de las campañas de investigación pesquera y salidas de observadores a bordo de buques comerciales y muestreos de desembarques correspondientes.

2. Estudiar y desarrollar artes de pesca y técnicas de captura, incluyendo su evaluación y selectividad; investigar nuevos procesos tecnológicos para productos pesqueros con la finalidad de una mejor utilización de los recursos.

3. Coordinar con la Dirección de Acuicultura, dependiente de la Subsecretaría de Pesca de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, las acciones tendientes a desarrollar y/o adaptar tecnologías de cultivos de organismos acuáticos factibles de explotación comercial.

4. Realizar la evaluación de los programas y proyectos de investigación y desarrollo, sobre la base de factibilidad técnica y económica.

CAPITANÍA DE ARMAMENTO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Atender el alistamiento de los buques de investigación pesquera del instituto.

ACCIONES

1. Participar en la planificación de las campañas a realizar por los buques de investigación a los efectos de cumplir las derrotas establecidas durante el período de operaciones.

2. Fiscalizar los trámites administrativos que resulten necesarios para la atención del movimiento de buques y embarcaciones.

3. Intervenir en los trámites para la implementación del alquiler de embarcaciones, de acuerdo a las necesidades del instituto.

4. Fiscalizar las medidas de seguridad para los buques y embarcaciones que se encuentren amarrados, fondeados o en varadero, así como el cumplimiento de las disposiciones para la realización de trabajos a bordo de los buques o embarcaciones.

5. Seleccionar personal para cubrir relevos de personal de planta permanente.

6. Gestionar ante Prefectura Naval Argentina el embarque de personal científico del instituto y de otros organismos.

7. Renovar los certificados de navegación ante Prefectura Naval Argentina y las entidades de clasificación de buques.

8. Aprovisionar el combustible, lubricantes, consumibles y víveres en los buques del instituto.

9. Provisionar el equipamiento requerido por el personal embarcado y científico (artes de pesca, instrumental electrónico, etc.).

10. Mantener vigentes y actualizados, según requerimientos, los distintos contratos por servicio de mantenimiento en todos los rubros.

11. Provisionar los repuestos, acopio y control de stock mínimo para realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades.

12. Implementar los planes de mantenimiento de los buques del Instituto, así como atender los requerimientos de aprovisionamiento y reparaciones de buques en puertos alternativos, según las demandas emergentes de los planes de campaña correspondientes.

13. Supervisar las tareas de mantenimiento correctivo y preventivo de los buques, entradas a dique seco, recorridos de planta motriz propulsora, auxiliares, equipamiento eléctrico, electrónico, hidráulico, neumático y de frío.

14. Dirigir y supervisar la tarea de remodelación del equipamiento de los buques del instituto.

15. Confeccionar los pliegos para los contratos de mantenimiento en los rubros de calderería, mecánica, frío, electricidad, electrónica, hidráulica y neumática.

Anexo IIIa

PLANTA PERMANENTE

Jurisdicción: Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Secretaría: Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Organismo: Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero.

Escalafón: Decreto 993/1991 .

 

(Niveles escalafonarios)

Actividad presupuest.

Descrip. de la actividad

Unidad organizativa

EE

A

B

C

D

E

F

Subtotal

1

Dirección y Administración

Dirección

1

0

1

1

1

0

1

1

1

Dirección y Administración

Auditoría Interna

1

0

1

1

0

0

0

2

1

Dirección y Administración

Dirección de Administración

0

0

1

3

5

8

1

18

1

Dirección y Administración

Dir. de Recursos Humanos y Organizac.

0

0

1

0

2

2

0

5

2

Pesquerías, Informac. Operac. Tecnología y Control

Dir. Nac. de Investigación

0

2

11

32

29

2

2

78

5

Armamentos de buques

Capitanía de Armamento

0

0

0

0

4

1

0

5

Total

2

2

15

37

45

13

4

112

 

PLANTA PERMANENTE

Jurisdicción: Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Secretaría: Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Organismo: Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero.

Escalafón: Decreto 630/1994 – Régimen Laboral Personal Embarcado.

 

(Niveles escalafonarios)

Actividad presupuest.

Descrip. de la actividad

Unidad organizativa

Cap.

Jefe máq.

1er. oficial cub. máq.

2do. oficial cub. máq.

Mec. coc. lec. 1er. pesq.

2do. pesc. cabo eng. enf.

Eng. mozo máq.

Subtotal

5

Armamento de buques

Capitanía de armamento

3

3

7

5

10

6

30

64

Total

3

3

7

5

10

6

30

64

 

Anexo IIIb

PLANTA DE PERSONAL TEMPORARIO ANUAL

Jurisdicción: Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Secretaría: Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Entidad: Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero.

Régimen escalafonario: Decreto 993/1991 .

Imputación presupuestaria: Programa 16.

Unidad organizativa

Nombre y descripción del puesto

Nivel escalaf.

Cant. de cargos u hs. cat.

Dirección

Asistente tareas administrativas rel. c/proy. de investigación

D

1

Dirección

Asistente apoyo administ. dentro de proy. de investigación

F

1

Dirección de Administración

Asistente tareas administrativas relac. c/proy. de investig.

D

1

Dirección de Administración

Asistente tareas administrativas relac. c/proy. de investig.

F

1

Dir. de Administración

Asistente apoyo administrativo relac. c/proy. de invesig.

E

1

Dir. de Rec. Humanos y Organización

Asistente tareas administrativas relac. c/proy. de investig.

E

1

Dir. Nac. de Investigación

Asistente coordinación de proyectos de investigación

C

4

Dir. Nac. de Investigación

Asistente coordinación de proyectos de investigación

D

9

Dir. Nac. de Investigación

Técnico: apoyo técnico dentro de los proyectos de investigación

E

13

Dir. Nac. de Investigación

Técnico: apoyo técnico dentro de los proyectos de investigación

F

2