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Legislación Nacional


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DECRETO 1526/1992

CULTO

Obispado Castrense de la República Argentina. Reconocimiento

del 24/08/1992; publ. 31/08/1992

Visto el acuerdo entre la República Argentina y la Santa Sede sobre Jurisdicción Castrense y Asistencia Religiosa de las Fuerzas Armadas, celebrado el 28 de junio de 1957 y aprobado por el decreto ley 7623 de fecha 5 de julio de 1957, por el que se contituye en la República Argentina un vicariato castrense; así como el acuerdo entre la Santa Sede y la República Argentina sobre la situación jurídica de la Iglesia Católica Apostólica Romana en la República Argentina, celebrado el 10 de octubre de 1966, y aprobado por la ley 17032 , y

Considerando:

Que su Santidad el Papa Juan Pablo II, mediante la Constitución Apostólica “Spirituale Militum Curae”, elevó los vicariatos castrenses al rango y a la dignidad de diócesis.

Que con fecha 21 de abril de 1992 se convino por canje de notas entre la República Argentina y la Santa Sede el reconocimiento de la aludida jerarquización, actualizando la denominación de Vicariato Castrense por la de “Obispado Castrense de la República Argentina”.

Que a los efectos civiles y administrativos corresponde se dicte el acto jurídico de su reconocimiento.

Que el Poder Ejecutivo nacional se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud del art. 2 párr. 3, del acuerdo aprobado por la ley 17032.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Reconócese al “Obispado Castrense de la República Argentina” antes denominado Vicariato Castrense, con el rango y dignidad de diócesis.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

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