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Legislación NacionalDECRETO 1539/1984 HIDROCARBUROS Área de explotación en la provincia de Neuquén. Otorgamiento a YPF del 21/5/1984; publ. 23/5/1984 Visto el expte. 15.042/83 del registro de la Secretaría de Energía, y Considerando: Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad del Estado solicita se le otorgue el área terrestre a denominar CN-XVIII (Cuenca Neuquina Dieciocho) ubicada en la provincia de Neuquén. Que los trabajos mínimos tienen por objeto obtener la información necesaria para ajustar el conocimiento geológicoestructural de la Cuenca. Que lo solicitado responde a lo previsto en el art. 22 de la ley 17319. Que según lo propuesto por la Secretaría de Energía, lo aconsejado por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y lo establecido en los arts. 11 y 98 inc. e) de la ley 17319 corresponde acceder a lo solicitado. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Asígnase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad del Estado el área de exploración terrestre CN XVIII (Cuenca Neuquina Dieciocho) ubicada en la provincia de Neuquén con el objeto de ser sometida a trabajos de exploración determinada según el siguiente detalle: Esquineros Coordenadas Gauss-Krüger
X Y 1 5.625.500 2.477.000 2 5.581.000 Margen R. Limay 3 5.581.000 2.392.000 4 5.577.000 2.372.000 5 5.577.000 2.372.000 6 5.587.000 2.372.000 7 5.587.000 2.363.000 8 5.600.000 Margen R. Catán Lil
Cont. por R. Catán Lil hasta Esq. 9
9 5.635.000 Margen R. Catán Lil 10 5.635.000 2.385.000 11 Margen A. P. Leufú 2.385.000
Cont. por A. Picún Leufú hasta Esq. 12
12 Margen A. P. Leufú 2.451.000 13 5.634.200 2.445.400 14 5.616.600 2.459.200 15 5.625.050 2.470.030
Superficie aproximada: Seis mil doscientos veintitrés kilómetros cuadrados con cincuenta y dos hectómetros cuadrados (6.223,52 km2). Art. 2. Fíjase en cinco (5) años la duración del plazo básico correspondiente al período de exploración, el que comenzará a regir a partir de la fecha de vigencia del presente decreto. Art. 3. Comuníquese, etc. Alfonsín Carranza
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