|
This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales
[ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date: Tue May 12 18:31:30 2026 / +0000 GMT |
Legislación NacionalDECRETO 1678/2001 ESTADO DE SITIO Declaración. Plazo del 19/12/2001; publ. 20/12/2001 Visto los hechos de violencia generados por grupos de personas que en forma organizada promueven tumultos y saqueos en comercios de diversa naturaleza, y Considerando: Que han acontecido en el país actos de violencia colectiva que han provocado daños y puesto en peligro personas y bienes, con una magnitud que implica un estado de conmoción interior. Que esta situación merece ser atendida por el Gobierno Federal ejercitando todas las facultades que la Constitución Nacional le otorga a fin de resguardar el libre ejercicio de los derechos de los ciudadanos. Que el Poder Ejecutivo Nacional ha consultado con las autoridades locales sobre la conveniencia y urgencia de esta medida. Que encontrándose el Honorable Congreso de la Nación en receso de sus sesiones ordinarias, corresponde a este Poder Ejecutivo Nacional resolver en lo inmediato e incluir el tratamiento de lo dispuesto por el presente decreto en el temario de sesiones extraordinarias. Que el presente se dicta en virtud de lo dispuesto por los arts. 23 y 99 , inc. 16, de la Constitución Nacional. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Declárase el estado de sitio en todo el territorio de la Nación Argentina, por el plazo de treinta (30) días. Art. 2. Dése cuenta al Honorable Congreso de la Nación e inclúyese la declaración del estado de sitio entre los asuntos a considerar en el actual período de sesiones extraordinarias, a cuyo efecto se remite el correspondiente mensaje. Art. 3. El presente decreto regirá a partir de su dictado. Art. 4. Comuníquese, etc. De la Rúa Colombo Mestre Norma citada: Const. Nac.: LA 199-A-26 |
| Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |