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DECRETO 1916/2004

COMUNICACIONES

Comisión Nacional de Comunicaciones. Intervención. Prórroga. Ratificación

del 28/12/2004; publ. 30/12/2004

Visto el expte. S01:0137674/2004 del registro del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, las leyes 19798 y 25561 , los decretos 731 del 12 de setiembre de 1989, 1185 del 22 de junio de 1990 y sus modificatorios, 521 del 19 de marzo de 2002 y 167 del 5 de junio de 2003, modificado por el similar 189 del 12 de junio de 2003, y

Considerando:

Que mediante la ley 19798 se aprobó el Régimen Nacional de Telecomunicaciones.

Que mediante el decreto 731 del 12 de septiembre de 1989 y sus modificatorios, se fijó la política del Gobierno en materia de privatización y desregulación de las telecomunicaciones.

Que para controlar la correcta aplicación de dicha política, la protección de los usuarios y la plena competencia en el mercado, por el decreto 1185 del 22 de junio de 1990 se creó la Comisión Nacional de Telecomunicaciones bajo dependencia directa del presidente de la República, la que por el decreto 660 del 24 de junio de 1996 pasó a constituir la Comisión Nacional de Comunicaciones.

Que mediante el decreto 521 del 19 de marzo de 2002 se dispuso la intervención de la Comisión Nacional de Comunicaciones por el período de vigencia de la Ley de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario 25561 .

Que por el decreto 811 del 23 de junio de 2004, se dispuso mantener la intervención del mencionado organismo hasta el 10 de diciembre de 2004, como así designar Interventor de la Comisión Nacional de Comunicaciones, organismo descentralizado de la Secretaría de Comunicaciones dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, al Ingeniero Ceferino Alberto Namuncurá (M.I. 14.937.378), con las funciones, facultades y remuneración fijadas en su art. 3 .

Que el proceso de reorganización iniciado por la Intervención, se encuentra en pleno desarrollo e involucra aspectos fundamentales que hacen a la reformulación de procedimientos de auditoría y control sobre las telecomunicaciones y en materia postal.

Que a fin de llevar a buen término las actividades de la Intervención, existen suficientes razones funcionales y operativas, que determinan la necesidad de continuar con la política de intervención de dicho organismo.

Que a tal efecto corresponde por el presente ratificar la designación del actual interventor.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Producción ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por el art. 9 del decreto 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 99 , incs. 1 y 7 de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Prorrógase la Intervención de la Comisión Nacional de Comunicaciones, organismo descentralizado de la Secretaría de Comunicaciones dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, hasta el 10 de diciembre de 2005.

Art. 2.– Ratifícase la designación del actual interventor, ingeniero Ceferino Alberto Namuncurá (M.I. 14.937.378), quien continuará en el ejercicio de las funciones y facultades conferidas al presidente y al directorio de dicho ente y percibirá la remuneración asignada al presidente del directorio.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Kirchner - Fernández - De Vido