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DECRETO 1932/1991 ENTIDADES AUTÁRQUICAS FUERZAS ARMADAS MINISTERIOS Dirección General de Fabricaciones Militares. Estructura orgánica. Aprobación del 20/9/1991; publ. 27/9/1991 Visto las leyes 23696 y 23697 , el programa de reforma administrativa implementado por el decreto 2476 del 26 de noviembre de 1990, lo propuesto por el Ministerio de Defensa, y Considerando: Que mediante las normas legales citadas en el visto, se declararon las emergencias administrativa y económica, en función de las cuales y a fin de viabilizar la transformación administrativa necesaria, se puso en marcha el programa de reforma administrativa a través de la sanción del decreto 2476/1990 . Que en el caso particular de la Dirección General de Fabricaciones Militares se requiere un modelo de reestructuración diferenciado, habida cuenta del proceso de privatización en curso, además de sus características empresariales, tal como se establece en la resolución CECRA 7/1990. Que hasta la fecha, las estructuras organizativas de la mencionada dirección general fueron aprobadas por resolución de su directorio, siendo ahora necesaria su aprobación por decreto del Poder Ejecutivo, dando así cumplimiento a lo dispuesto por el decreto 2476/1990 y a la resolución CECRA 7/1990. Que la estructura organizativa propuesta es la indispensable para asegurar las funciones operativas de la Dirección General de Fabricaciones Militares, y dar cumplimiento a las disposiciones de la ley 12709 . Que el comité ejecutivo de Contralor de la reforma administrativa ha tomado la intervención que el compete. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas el Poder Ejecutivo nacional por el art. 86, inc. 1, de la Constitución Nacional. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Apruébase la estructura organizativa de la Dirección General de Fabricaciones Militares, entidad autárquica dependiente de la Secretaría de Producción para la Defensa, del Ministerio de Defensa, cuyo organigrama, objetivos, responsabilidad primarias y acciones, planta permanente, planta permanente y gabinete y planilla comparativa de categorías financieras, forman parte integrante del presente decreto como anexos Ia, Ib, Ic y Id, II, III, IVa, IVb, Vb, respectivamente. Art. 2. Apruébase el anexo IVc que incluye los cargos del personal de la Dirección General de Fabricaciones Militares, comprendido en los alcances del art. 25 del decreto 435/1990 y modifs., que caducarán automáticamente al momento de producirse la baja del agente. Estas bajas se comunicarán a la Secretaría de Hacienda a fin de eliminar los cargos del presupuesto. Art. 3. Apruébase la distribución por cargos y horas de cátedra que como anexo Va, forma parte integrante del presente decreto. Art. 4. Exceptúase a la Dirección General de Fabricaciones Militares de las prescripciones establecidas en los arts. 23 y 27 del decreto 435/1990, modificado por los decretos 612/1990 , 794/1990 , 1757/1990 y 1930/1990 , con relación a las promociones de categorías de revista y cobertura de vacantes dentro de la planta de personal aprobada por la presente medida y con el fin de asegurar el normal funcionamiento de la dirección general. Art. 5. Dentro de los treinta (30) días corridos a partir de la fecha de publicación del presente decreto, se efectuarán los movimientos de personal que sean necesarios para la implementación de la estructura organizativa aprobada por el mismo. Entretanto, se mantendrán con carácter provisorio las misiones, funciones y cargos ocupados, con su financiamiento, vigentes a dicha fecha de publicación, en los términos del art. 3 del decreto 2476/1990 . Art. 6. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con imputación al ejercicio 1991 programa 103 inc. 11 partida 1110 023 025 123 125. Art. 7. Comuníquese. Menem González Cavallo Anexo I ANEXO Ia Ministerio de Defensa Centralizado Secretaría de Producción para la Defensa Dirección General de Fabricaciones Militares Descentralizado Ley 12709 Decreto 102081/1941 ANEXO Ib Secretaría de Producción para la Defensa Dirección General de Fabricaciones Militares Gcia. Gral. de Auditoría, Org. y Control Gcia. Gral. de Asesoría Jurídica Direcc. de Transformac. Empresaria Dirección de Desarrollo Dirección de Producción Secretaría General Gcia. Gral. de Finanzas Gcia. Gral. de Comercializ. Contaduría General O.S.FA.MI. ANEXO Ic Dirección de Producción FMAP DM FM RT FMPE VM FM P FM FLB FM GSM FM TS FM AS FM SF FMVCE ECA E.A.H.Z. FMPE A ANEXO Id Dirección de Transformación Empresaria Centro Geológico Minero Anexo II DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES OBJETIVOS 1. Asegurar el eficiente abastecimiento de productos para la defensa atendiendo a las políticas y directivas de la Secretaría de Producción para la Defensa y a los requerimientos de las Fuerzas armadas y de seguridad. 2. Efectuar la modernización empresaria mediante la transformación jurídica y organizativa, para lograr una gestión eficiente. 3. Establecer las condiciones para dar amplia participación a la inversión privada, mediante asociaciones con aporte de tecnología, mecanismos de comercialización y de producción. Anexo III GERENCIA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA RESPONSABILIDAD PRIMARIA Proporcionar asistencia jurídica y representación judicial para el cumplimiento de las misiones de la DGFM. ACCIONES 1. Proporcionar asistencia jurídica dentro del ámbito de la DGFM. 2. Analizar jurídicamente e instrumentar los contratos en que el organismo sea parte interesada. 3. Representar al organismo en todos los juicios en que sea parte. 4. Elaborar en forma centralizada dictámenes jurídicos sobre aspectos que involucren a la DGFM. 5. Elaborar políticas de orden jurídico institucional para la DGFM. GERENCIA GENERAL DE AUDITORÍA ORGANIZACIÓN Y CONTROL RESPONSABILIDAD PRIMARIA Controlar el desarrollos de la gestión de la DGFM en su conjunto y producir información sobre ella. ACCIONES 1. Aplicar las normas de auditoría, que rigen la actividad. 2. Asesorar en la elaboración y estudio de modelos de organización empresaria. OBRA SOCIAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES RESPONSABILIDAD PRIMARIA Prestar servicios médico asistenciales al personal afiliado en forma integral. ACCIONES 1. Aplicar políticas, planes y/o programas de medicina preventiva y terapias recuperatorias. 2. Realizar las prestaciones médico asistenciales propias y de terceros. DIRECCIÓN DE TRANSFORMACIÓN EMPRESARIA RESPONSABILIDAD PRIMARIA Definir y proponer los planes operativos de la DGFM. ACCIONES 1. Asesorar en la evaluación de emprendimientos empresarios y contratos. 2. Gestionar emprendimientos tendientes a la transformación empresaria de la DGFM. 3. Reformular el sistema empresario minero en el ámbito de la DGFM, promoviendo la apertura hacia la iniciativa privada. DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN RESPONSABILIDAD PRIMARIA Dirigir y planificar las políticas de producción aprobadas por el Directorio, según el plan de transformación evolutiva de la DGFM. ACCIONES 1. Planificar y dirigir las producciones para conciliar los requerimientos de ventas con las posibilidades de producción, fijando los planes respectivos para cada dependencia, y verificar el cumplimiento de éstos. 2. Implementar y ejecutar programas de asistencia técnica por variaciones en los standards de calidad, respecto a normas vigentes, aprobadas para el producto a comercializar. 3. Actuar en apoyo de temas tecnológicos específicos de dependencia productoras, enlace logístico, administrativo y/o presupuestario. 4. Coordinar los presupuestos del sistema presupuestario operativo y del presupuesto de insumos de fábricas. DIRECCIÓN DE DESARROLLO RESPONSABILIDAD PRIMARIA Desarrollar acciones conducentes a la investigación del mercado de la tecnología especializada en sistemas de armas y materiales de uso bélico. ACCIONES 1. Evaluar y proponer alternativas de productos, que por su tecnología y costos, se adecuen al mercado. 2. Conducir la gestión tecnológica de la empresa. 3. Desarrollar las acciones de contralor impuestas por la ley de armas y explosivos. SECRETARÍA GENERAL RESPONSABILIDAD PRIMARIA Planificar y dirigir las políticas de recursos humanos y relaciones institucionales aprobadas por el directorio. ACCIONES 1. Implementar políticas en el campo de las relaciones institucionales. 2. Desarrollar y aplicar políticas que aseguren el vínculo laboral entre la DGFM y sus respectivos cuadros de personal. 3. Asesorar en el ámbito de la DGFM en materia sanitaria, de higiene y seguridad industrial. GERENCIA GENERAL DE COMERCIALIZACIÓN RESPONSABILIDAD PRIMARIA Acceder al conocimiento de los mercados y posibilitar la penetración en los mismos. ACCIONES 1. Proponer listas y/o estudios sobre precios, basados en análisis de estructuras de costos. 2. Efectuar la planificación consolidada de ventas y su presupuestación según directivas del sistema de presupuestos operativos de la DGFM (S.P.O.). 3. Realizar operaciones de ventas de servicios y/o productos de índole civil o militar. GERENCIA GENERAL DE FINANZAS RESPONSABILIDAD PRIMARIA Planificar y dirigir las políticas financieras de la empresa, aprobadas por el directorio, referidas a programación presupuestaria-financiera y evaluación de operaciones e inversiones. ACCIONES 1. Administrar el movimiento financiero de la empresa. 2. Estudiar y proponer el otorgamiento de créditos. 3. Llevar registros de operaciones con divisas y sus tipos de cambio. CONTADURÍA GENERAL RESPONSABILIDAD PRIMARIA Aplicar las normas y criterios técnico-contables vigentes, usualmente aceptados, en la elaboración de informes, registros, documentos y/o estados contables. ACCIONES 1. Llevar los registros de operaciones comerciales con deudores y acreedores, a través de sistemas de cuentas corrientes incluyendo saldos y estados de cuenta. 2. Llevar la contabilidad fiscal de la empresa, el cierre de la cuenta anual del ejercicio, el contralor y consolidación de los balances del presupuesto y otros aspectos fiscales. 3. Llevar el registro, análisis, control y consolidación de cuentas patrimoniales, de resultado y/o de orden, de la empresa en los registros analíticos, cronológicos y sistemáticos. 4. Efectuar el estudio, análisis y liquidación impositiva de diversos tributos. UNIDADES PRODUCTORAS RESPONSABILIDAD PRIMARIA Integrar con participación del sector privado y/o público local o internacional, la producción de elementos, sistemas y/o efectos para la defensa, incluyendo las tecnologías asociadas o vinculadas, bienes o elementos complementarios, sustitutivos o sucedáneos, según la planificación y programas establecidos y aprobados. ACCIONES 1. Grupo metalúrgico: Establecimiento Altos Hornos Zapla (EAHZ). Fábrica Militar de Vainas y Conductores Eléctricos ECA (FM VCE ECA). Fabricar productos sidero-metalúrgicos, ferrosos y no ferrosos para el mercado nacional y/o internacional, inclusive copas y discos para munición, aceros de aleaciones, especiales para vehículos blindados, piezas de artillería, productos de forja para cañones de alto calibre y alcance, morteros y otros. 2. Grupo Metal Mecánico Electrónico: Fábrica Militar de Armas Portátiles Domingo Matheu (FM AP DM). Fábrica Militar Fray Luis Beltrán (FM FLB). Fábrica Militar San Francisco (FM SF). Fábrica Militar Río Tercero (FM RT). Fábrica Militar General San Martín (FM GSM). Fabricar sistemas de armas portátiles, armas de artillería, municiones y equipos militares de alta complejidad, en forma integrada, con sectores diversos de la industria privada, según requerimientos de defensa y/o del mercado externo y la planificación productiva y comercial aprobada. Fabricar sistemas de comunicación óptico/electrónico, de aplicación civil y militar. 3. Grupo Químico: Fábrica Militar de Ácido Sulfúrico (FM AS). Fábrica Militar Río Tercero (FM RT). Fábrica Militar de Tolueno Sintético (FM TS). Fábrica Militar Pilar (FM P). Fábrica Militar de Pólvoras y Explosivos Villa María (FM PE VM). Fábrica Militar de Pólvoras y Explosivos Azul (FM PE AZUL). Fabricar pólvoras, explosivos, materiales pirotécnicos, materiales agresivos químicos, disuasivos químicos, ácidos de uso industrial, altos explosivos de uso militar, altos explosivos de uso civil, de tipo geológico, minero, marino, industrial y otros, y todos los sistemas complementarios de detonación, protección, embalaje, etc., de los mismos, con destino a defensa, minería, industrias químicas, textiles, metálicas, mecánicas y otras, con participación del sector privado. Anexo IV ANEXO IVa Planta permanente Agrupamiento: Jurisdicción: Ministerio de Defensa Secretaría: De Producción para la Defensa Organismo: Dirección General de Fabricaciones Militares Estatuto personal civil D.G.F.M. Ley 12709 Categorías 19 18 17 16 15 14 13 12 11 10 9 8 7 6 5 4 3 Total personal mensualiz. D.G.F.M. Unidad Dirección General 5 3 25 42 28 26 18 23 36 21 21 15 9 6 20 - - 298 Cegemin - - 1 - - 8 1 2 2 3 2 6 2 - - - - 27 F.M.A.P. D.M. - 1 3 7 9 11 33 27 23 20 24 16 6 5 - - - 185 F.M. F.L.B. - - 7 10 14 23 36 42 35 22 23 21 12 1 1 - - 247 F.M. S.F. - - 2 6 6 5 9 12 11 9 4 3 2 4 - - - 73 F.M. R.T. - 1 4 7 12 12 34 31 47 61 83 19 13 3 2 - - 329 F.M. G.S.M. - - 1 6 8 9 10 14 16 19 11 11 4 14 3 - - 126 F.M.V.C.E. ECA - 5 5 15 24 41 35 37 48 62 30 22 15 11 12 5 - 367 E. A.H.Z. 4 4 19 37 54 70 114 108 171 180 122 71 36 43 11 11 5 1060 F.M.P.E. V.M. - - 1 5 8 9 11 14 8 11 20 24 27 14 12 - - 164 F.M. T.S. - - - 5 3 2 5 7 9 7 9 15 7 6 3 - - 78 F.M. P. - - - 3 4 8 9 6 5 9 5 10 3 3 - - - 65 F.M. A.S. - - 1 - 2 2 9 2 2 8 4 7 1 - 1 - - 39 F.M.P.E. AZUL - - - 2 4 7 3 11 11 7 9 7 9 - - - - 70 OSFAMI: Central 1 6 14 71 6 8 3 3 4 22 14 46 21 4 4 - - 227 OSFAMI: E.A.H.Z 1 3 5 4 5 2 23 14 59 14 1 16 147 Totales: 10 21 86 221 186 241 335 341 451 475 381 352 181 115 85 16 5 3502 Planta Permanente Agrupamiento: Jurisdicción: Ministerio de Defensa Secretaría: De Producción para la Defensa Organismo: Dirección General de Fabricaciones Militares Estatuto Personal Civil D.G.F.M. Ley 12709 Categorías 0.VIII 0.VII 0.VI 0.V 0.IV 0III 0.II Subt. operarios C.II C.I Subt. capataces Total Personal Jornalizado Unidad Direc. General - - - - 2 - - 2 - - - 2 Cegemin - - - 1 - - 1 - - - 1 F.M.A.P.D.M. - 17 80 90 92 - - 279 - - - 279 F.M. F.L.B. 9 11 157 126 24 10 - 337 8 - 8 345 F.M. S.F. 9 10 43 50 9 - - 121 5 - 5 126 F.M. R.T. 32 47 209 233 126 2 - 649 3 1 4 653 F.M. C.S.N. 16 17 50 16 1 - - 100 2 - 2 102 F.M.V.C.E. ECA 46 66 176 157 83 5 - 533 - - - 533 E. A.H.Z. 135 144 518 337 297 113 - 1544 - - - 1544 F.M.P.E. V.M. - 4 33 92 94 64 - 287 33 1 34 321 F.M. S - - 29 9 1 - - 39 - - - 39 F.M. P - 9 22 21 8 - - 60 - - - 60 F.M. A.S. 4 2 - 5 - - - 11 - - - 11 F.M.P.E. AZUL - 1 26 22 11 - - 60 5 - 5 65 OSFAMI: Central - - - - - - - - - - - - OSFAMI: E.A.H.I. - - - - - - - - - - - - Totales: 251 328 1343 1159 748 194 - 4023 56 2 58 4081 ANEXO IVb Planta permanente y de gabinete Agrupamiento: Jurisdicción: Ministerio de Defensa Secretaría: De Producción para la Defensa Organismo: Dirección General de Fabricaciones Militares Estatuto Personal Civil D.G.F.M. Ley 12709 Clasificación Total personal mensualizado D.G.F.M. Total personal jornalizado Total general de personal mensual y jornalizado Unidad Operarios Capataces Total jornaliz. Planta permanente Gabinete Dirección General 298 2 - 2 300 - Cegemin 27 1 - 1 28 - F.M.A.P. D.M. 185 279 - 279 464 - F.M. F.L.B. 247 337 8 345 592 - F.M. S.F. 73 121 5 126 199 - F.M. R.T. 329 649 4 653 982 - F.M. G.S.M. 126 100 2 102 228 - F.M.V.C.E. ECA 367 533 - 533 900 - E. A.H.Z. 1060 1544 - 1544 2604 - F.M.P.E. V.M. 164 287 34 321 485 - F.M. T.S. 78 39 - 39 117 - F.M. P. 65 60 - 60 125 - F.M. A.S. 39 11 - 11 50 - F.M.P.E. AZUL 70 60 5 65 135 - OSFAMI: Central 227 - - - 227 - OSFAMI: E.A.H.Z. 147 - - - 147 - Totales: 3502 4032 58 4081 7583 - ANEXO IVc Personal comprendido en el art. 25 del decreto 435/1990 y modificatorios. Jurisdicción: Ministerio de Defensa Secretaría: De Producción para la Defensa Organismo: Dirección General de Fabricaciones Militares Ley 12709 Categoría Cantidad de cargos 19 - 18 - 17 1 16 1 15 - 14 - 13 - 12 - 11 1 10 2 9 1 8 1 7 - 6 - 5 3 4 - 3 - Subtotal mensualizados: 10 O.VIII - O.VII 1 O.VI 3 O.V 2 O.IV 1 O.III 1 O.II - C.II - C.I. - Subtotal jornalizados: 8 Total: 18 Anexo V ANEXO Va PRESUPUESTO 1991 Distribución por cargos y horas de cátedra Finalidad: 6 Desarrollo de la economía Función: 30 Industria Jurisdicción: 45 Ministerio de Defensa Partida principal Régimen Cargo o categoría Cantidad de cargos Programa 103 Producción y comercialización. Organismo descentralizado ley 12709 Carácter 2 Organismos descentralizados. 025 Dirección General de Fabricaciones Militares. 1110 Personal permanente 101 Funcionarios extraescalafonarios Director general y presidente del directorio de la D.G.F.M. 1* Vocales del directorio D.G.F.M. 5 Director de transformación empresaria vocal del directorio D.G.F.M. 1* Director de desarrollo vocal del directorio de D.G.F.M. 1* Director de producción vocal del directorio de D.G.F.M. 1* Cantidad de cargos 9 200 Personal civil de la administración pública nacional: 001 19 10 002 18 21 003 17 87 004 16 222 005 15 186 006 14 241 007 13 335 008 12 341 009 11 452 010 10 477 011 9 382 012 8 353 013 7 181 014 6 115 015 5 88 016 4 16 017 3 5 018 O.VIII 251 019 0.VII 329 020 0.VI 1346 021 0.V 1161 022 0.IV 749 023 O.III 195 024 O.II - 025 C.II 56 026 C.I 2 (1) Cantidad de cargos 7601 (1) Se incluye personal art. 25, decreto 435/1990 y modificatorio. Nota: (*) Oficial ingeniero militar en actividad. ANEXO Vb Planilla comparativa de categorías financiadas Jurisdicción: Ministerio de Defensa Secretaría: De Producción para la Defensa Organismo: Dirección General de Fabricaciones Militares Escalafón Anterior Cargos ocupados al 4/3/1990 Cargos propuestos Cargos financiados Normas estruct. Categ. Cantidad (*) D.G.F.M. Ley 12709 Decreto 102.081/1941 ley 12709 19 7 9 10 18 14 10 21 17 65 72 86 16 106 110 221 15 174 178 186 14 264 274 241 13 367 378 335 12 443 459 341 11 410 423 451 10 621 638 475 9 578 591 381 8 541 563 352 7 393 399 181 6 284 293 115 5 250 255 85 4 48 51 16 3 8 9 5 2 2 2 - 1 - - - Sin GF. 6 6 - O.VIII 208 210 251 O.VII 240 242 328 O.VI 1774 1806 1343 O.V 1771 1814 1159 O.IV 1262 1294 748 O.III 378 388 194 O.II 31 33 - C.II 243 246 56 C.I. 11 13 2 Totales: 10499 10766 7583 Nota: (*) Nov. 1990.
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