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DECRETO 1982/1987 CONTRATO DE TRABAJO Remuneraciones EMPLEO PÚBLICO Trabajadores comprendidos en convenios colectivos del sector público y del privado. Cuota fija. Gratificación extraordinaria no remunerativa del 11/12/1987; publ. 18/12/1987 El vicepresidente de la Nación Argentina en ejercicio del Poder Ejecutivo nacional decreta: Art. 1. Determinar el carácter de gratificación extraordinaria no remunerativa al pago de la cuota establecida por decreto 722 de fecha 14 de mayo de 1987 y disponer que el descuento que debía efectuarse del sueldo anual complementario correspondiente al segundo semestre del corriente año, se deje sin efecto. Art. 2. Comuníquese, etc. Martínez Tonelli Brodersohn
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