DECRETO 198/2003
EMPLEO
Prestación por Desempleo
Inundaciones en Santa Fe. Zona de desastre. Departamentos provinciales. Emergencia ocupacional. Trabajadores suspendidos por fuerza mayor. Prestación por desempleo. Pago. Plazo
del 12/6/2003; publ. 13/6/2003
Visto el expte. -20-1072784/2003 del Registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; las leyes 24013 y 25735 , los decretos 739 de fecha 29 de abril de 1992, 565 de fecha 3 de abril de 2002 y 39 de fecha 7 de enero de 2003, y
Considerando:
Que el decreto 39/2003 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2003 la emergencia ocupacional nacional, declarada por el decreto 165/2002 y ratificada por su similar 565/2002 .
Que la ley 25735 declaró zona de desastre por el plazo de ciento ochenta (180) días prorrogables a varios Departamentos de la provincia de Santa Fe.
Que es de público conocimiento la crisis hídrica que afecta al casco urbano de la ciudad capital de la provincia de Santa Fe y otros Departamentos de esa provincia.
Que la situación aludida produjo una interrupción en el desarrollo de tareas económicas y comerciales de la zona, la que se mantiene al presente.
Que diversas empresas encuentran dificultades financieras para abonar las remuneraciones de sus trabajadores.
Que la Ley Nacional de Empleo 24013 regula el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo.
Que resulta necesario implementar una medida excepcional por un plazo máximo de tres (3) meses para proteger a los trabajadores que hubieran sido suspendidos por fuerza mayor y vieran interrumpidas sus remuneraciones por causa de la mencionada situación.
Que la adopción de la medida de excepción intenta procurar a los trabajadores una prestación tendiente a satisfacer sus necesidades alimentarias.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del art. 99 , inc. 1, de la Constitución Nacional y del art. 7 de la ley 25735.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta: