This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 26 9:24:36 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- .DECRETO 2037/1991REFORMA DEL ESTADOServicios públicos. Sustitucióndel 30/9/1991; publ. 4/10/1991Visto el expte. 40.127/91 del registro del ex Ministerio de Obras y Servicios Públicos, yConsiderando:Que la Comisión Bicameral de la Reforma del Estado, ley 23696 formuló observaciones al texto del inc. 17 del art. 7 del decreto 1143 de fecha 14 de junio de 1991.Que dicha observación se funda en considerar que el orden de prelación establecido para el caso de existir ambigüedades o discrepancias en los documentos que instrumentarán la concesión de los servicios a que el citado decreto se refiere, vulnera principios esenciales del orden jurídico administrativo.Que considerando la razonabilidad de tal observación procede modificar el texto observado a los fines de preservar aquellos principios.Que es atribución del suscripto dictar el presente en virtud de lo normado por el art. 86 , inc. 1) de la Constitución Nacional.Por ello,El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– Sustitúyese el inc. 17) del art. 7 del decreto 1143/1991 por el siguiente:17) El contrato de concesión. Formará parte del contrato de concesión, que será suscripto “ad referendum”, del Poder Ejecutivo nacional, los siguientes documentos:a) El pliego de bases y condiciones con sus anexos y las circulares aclaratorias o modificatorias emitidas y notificadas a los oferentes;b) La oferta y la resolución de adjudicación;c) El contrato y sus anexos; yd) El decreto del Poder Ejecutivo nacional que apruebe el contrato celebrado.Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos, pero en el caso de existir ambigüedades o discrepancias, prevalecerá el pliego de bases y condiciones y sus anexos con las aclaraciones o modificaciones emitidas por circular y las aclaraciones contenidas en el contrato.Art. 2.– Comuníquese, etc.Menem – Cavallo --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:35:56 Post date GMT: 0020-00-09 18:35:56 Post modified date: 0020-00-09 18:35:56 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:35:56 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com