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Legislación NacionalDECRETO 2050/1994 RELACIONES EXTERIORES Consulado en Punta Arenas. Elevación de categoría del 17/11/1994; publ. 24/11/1994 Visto la propuesta de la Embajada de la República en la República de Chile en relación con la elevación a la categoría de consulado general del actual Consulado en Punta Arenas, y Considerando: Que, en el marco de los estrechos y amistosos vínculos que la República mantiene con la República de Chile, resulta importante modificar la categoría de la mencionada representación consular, teniendo en cuenta, asimismo, las importantes tareas que corresponden a dicha oficina consular la que, además de aspectos consulares y de facilitación del tráfico fronterizo, tiene a su cargo otras que se relacionan con cuestiones medulares de política nacional y del desarrollo global de la zona austral de nuestro país. Que, como consecuencia de la modificación de categoría propuesta, conviene que el Consulado en Puerto Montt pase a depender administrativamente de la jurisdicción del Consulado General en Santiago al Consulado General en Punta Arenas. Que, de esta forma, la reestructuración administrativa referida estará más acorde con la dinámica consular argentina en la República de Chile. Que se ha obtenido el consentimiento del Estado receptor, conforme con lo establecido en el art. 4 de la Convención de Viena sobre relaciones consulares. Que el Poder Ejecutivo nacional se halla facultado para dictar esta medida en virtud de lo dispuesto por el art. 99 , inc. 1. de la Constitución Nacional. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Elévase a la categoría de consulado general al Consulado de la República en Punta Arenas República de Chile , conservando su actual circunscripción. Art. 2. Establécese que el Consulado en Puerto Montt dejará de depender de la jurisdicción administrativa del Consulado General en Santiago, para depender del Consulado General en Punta Arenas. Art. 3. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto para el ejercicio 1994 y subsiguientes. Art. 4. Comuníquese, etc. Menem Di Tella |
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