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DECRETO 2097/1993 HORA OFICIAL Período estival. Adelanto. Derogación del 15/10/1993; publ. 18/10/1993 VISTO el expte. 752.519/93 del Registro de la Secretaría de Energía y, CONSIDERANDO: Que la crisis energética que se instauró a mediados del año 1988 puede considerarse definitivamente superada. Que los beneficios del ahorro de energía originados en el cambio de horario resultan en la actualidad inferiores en comparación con los inconvenientes que se producen en la organización socioeconómica del país. Que la presente medida se dicta conforme las facultades emergentes del art. 86 inc. 1 de la Constitución Nacional . Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.- Derógase el D 1074 del 13 de octubre de 1989. Art. 2.- Comuníquese, etc. MENEM - CAVALLO. Referencias: Const. Nac.: ALJA 18-9--3 - D 1074/89: -C-2683.
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