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Legislación Nacional


DECRETO 2247/1961

DOCENTES

Índices por dedicación exclusiva de personal del Consejo Nacional de Protección de Menores. Modificación. Denominación de secretario técnico de escuela hogar. Sustitución

del 23/3/1961; publ. 3/4/1961

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1 Sustitúyese la denominación de “secretario técnico de escuela hogar”, índice 62 de la nómina prevista en la primera parte del art. 2 del decreto 13391 del 31 de octubre de 1960, por la de “secretario técnico de la Dirección Técnica de Escuelas Hogares”, índice 62.

Art. 2 Considérase comprendido en las modificaciones a la reglamentación del art. 49 de la ley 14473 , establecidas por la primera parte del art. 2 del decreto 13391 del 31 de octubre de 1960 y con la vigencia que dicho decreto acuerda al personal del Consejo Nacional de Protección de Menores que a continuación se indica con los índices por “dedicación exclusiva” que en cada caso se fijan:

Cargo

Índice de dedicación exclusiva

Consejo Nacional de Protección de Menores

Secretario técnico de la Dirección Técnica de Escuelas Hogares

62

Subinspector prosecretario de Inspector Técnica General

61

Inspector técnico de zona

56

Subinspector de materias especiales

56

Secretario técnico de distrito o de inspección seccional

56

 

Art. 3Considérase comprendido en la nómina de personal del Consejo Nacional de Protección de Menores incluida en la segunda parte de las modificaciones a la reglamentación del art. 49 de la ley 14473 , aprobadas por el art. 2 del decreto 13391 del 31 de octubre de 1960 y con la vigencia que el citado decreto establece, al cargo de “secretario técnico de escuela hogar” con índice cinco (5) por “dedicación exclusiva”.

Art. 4 El presente decreto será refrendado por los ministros secretarios en los Departamentos de Educación y Justicia y de Economía y firmado por el secretario de Estado de Hacienda.

Art. 5 Comuníquese, etc.

Frondizi – Mac Kay – Alsogaray – Lequerica

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