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Legislación Nacional


DECRETO 2475/1970

POLICÍA DEL TRABAJO

Régimen. Autoridad de aplicación. Determinación

del 29/5/1970; publ. 3/6/1970

Visto las disposiciones de la ley 18695 ,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– La Secretaría de Estado de Trabajo será la autoridad de aplicación de la ley 18695 .

Art. 2.– Autorízase a la Secretaría de Estado de Trabajo a designar a los funcionarios titulares y suplentes para dictar las resoluciones definitivas en la instrucción sumarial prevista por el art. 10 de la referida ley, quienes quedan investidos de las facultades necesarias a ese fin.

Art. 3.– Cuando por acuerdo o delegación de funciones, otros organismos ejerzan las facultades propias del poder de policía laboral, las mismas comprenderán todas las atribuciones inherentes al carácter de autoridad de aplicación, incluso la de aplicar sanciones, de acuerdo a la citada ley y al presente decreto.

Art. 4.– El presente decreto será refrendado por el ministro de Economía y Trabajo y firmado por el secretario de Estado de Trabajo.

Art. 5.– Comuníquese, etc.

Onganía – Dagnino Pastore – San Sebastián

 

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