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Legislación Nacional


Decreto 1424/2004

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
PODER EJECUTIVO NACIONAL


Dase por designado, con carácter transitorio, Director de Epidemiología del citado organismo descentralizado del ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

Bs.As., 18/10/2004
VISTO el Expediente Nº 018.371/2003 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 25.827, los Decretos Nros.1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, su modificatorio 680 de fecha 1 de septiembre de 2003, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 1.140 de fecha 28 de junio de 2002, 2.646 de fecha 23 de diciembre de 2002 y 25 de fecha 27 de mayo de 2003, la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004, la Resolución Nº 138 de fecha 27 de octubre de 2003 del mencionado Servicio Nacional, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 25.827 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional, para el Ejercicio 2004.

Que, asimismo, el Artículo 14 del mencionado texto legal, establece que las facultades otorgadas por dicha ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 10 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la exSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que resulta imperioso que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, cuente con la totalidad de su estructura organizativa en funcionamiento, a los fines de cumplir con sus cometidos.

Que mediante el Decreto Nº 2646 de fecha 23 de diciembre de 2002 se procedió a des MiÈrcoles 20 de octubre de 2004 Primera SecciÛn BOLETIN OFICIAL Nº 30.509 3 congelar los cargos vacantes del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, designándose en dicho organismo, en el cargo de Director de Epidemiología al Doctor D.Juan Alberto DOTTA (M.I.Nº 10.691.757).

Que por la Resolución Nº 138 de fecha 27 de octubre de 2003, se le acepta la renuncia al cargo de Director de Epidemiología, presentada por el precitado agente.

Que conforme lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003, se prorrogaron por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de dicha medida, las designaciones transitorias efectuadas en cargos correspondientes al Nomenclador de Cargos con Funciones Ejecutivas.

Que constituye una necesidad de alta prioridad para el citado Servicio Nacional, la ocupación del cargo de Director de Epidemiología de manera transitoria, mediante un proceso de selección abierto.

Que el Médico Veterinario D.Gastón María FUNES (M.I.Nº 20.778.241), reúne los requisitos de idoneidad requeridos para cubrir el cargo de Director de Epidemiología.

Que el Artículo 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 otorga al PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración Pública Nacional, la facultad de reasumir el control directo e inmediato de todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado que se efectúen en dicho ámbito.

Que mediante el Decreto Nº 1140 de fecha 28 de junio de 2002, se faculta a los titulares de los organismos descentralizados, para solicitar la cobertura transitoria de cargos.

Que en el ámbito del citado Servicio Nacional se encuentra vacante el cargo de Director de Epidemiología, con Función Ejecutiva III, que por la particular naturaleza de las tareas asignadas al mismo, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827, en el Título III, Capítulo III y en el Artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O.1995.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827 y el Artículo 1º del citado Decreto Nº 491/02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Dase por designado, con carácter transitorio en el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a partir del 1 de enero de 2004, al Médico Veterinario D.Gastón María FUNES (M.I.Nº 20.778.241), en el cargo de Director de Epidemiología, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827, el Título III, Capítulo III, Artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/ 91 T.O.1995 y por los Artículos 1º y 4º del Decreto Nº 1140 de fecha 28 de junio de 2002.

ARTICULO 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.), Decreto Nº 993/91 T.O.1995, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente designación transitoria.

ARTICULO 3º — La designación efectuada de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1º del presente decreto, deberá ajustarse a los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 11 del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O.1995.

ARTICULO 4º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto, correspondientes al ejercicio de su devengamiento, Entidad 623, Programa 20 Sanidad Animal, de la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Roberto Lavagna.
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