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Legislación Nacional


DECRETO 2611/1993

DISCAPACITADOS

Prórroga de la situación de no innovar sobre desalojos

del 22/12/1993; publ. 31/12/1993

Visto la ley 22431 y los decretos 140/1985 , 2630/1990 , 1133/1991 , 2675/1991 y 2634/1992 , y

Considerando:

Que la comisión creada por los decretos 2630/1990 y 1133/1991 ha elaborado un proyecto de mensaje y de ley tendiente a reformar el art. 11 de la ley 22431, que aún no ha tenido su correspondiente tratamiento legislativo.

Que al presente subsiste el peligro inminente de desalojo que atraviesan los permisionarios y/o concesionarios discapacitados que explotan pequeños comercios en distintas reparticiones del Estado, cumplido el plazo establecido en el decreto 2634/1992 .

Que se considera imprescindible prorrogar por trescientos sesenta y cinco (365) días la situación de no innovar en la materia, hasta tanto el Honorable Congreso de la Nación brinde una solución definitiva a esta cuestión.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del art. 86, inc. 1 de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Prorrógase el plazo establecido en el art. 1 del decreto 2630/1990, prorrogado por sus similares 1133/1991 , 2675/1991 y 2634/1992 , hasta el 31 de diciembre de 1994.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Menem – Rodríguez

 

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