This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Fri May 8 3:02:03 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO 2647/1977CONTABILIDAD PÚBLICACobro de deudas. Tramitación. Normas. Modificacióndel 2/9/1977; publ. 8/9/1977Visto el art. 22 de la Ley de Contabilidad reglamentado por el decreto 13100/1957 , modificado en sus montos por los decretos 5143/1961 , 519/1963 , 5138/1966 , 2560/1971 y 693/1977 , yConsiderando:Que existe un alto porcentaje de deudas cuyo monto no cubre los gastos de administración que produce la gestión de su cobro.Que es necesario dar mayor flexibilidad a las tramitaciones dispuestas por el decreto 13100/1957 (modificado en sus montos por los decretos 5143/1961 , 519/1963 , 5138/1966 , 2560/1971 y 693/1977 ) reglamentarios del art. 22 de la Ley de Contabilidad.Por ello,El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– Modificar el inc. 2 de la reglamentación del art. 22 de la Ley de Contabilidad, dispuesta por el decreto 13100/1957 y las modificaciones aprobadas por los decretos 5143/1961 , 519/1963 , 5138/1966 , 2560/1971 y 693/1977 el que quedará redactado en la forma que seguidamente se indica:2) No iniciarán tramitaciones de cobro de deudas cuyo monto sea inferior a trescientos pesos ($ 300), procediendo directamente a su desafectación administrativo contable. En las deudas cuyo monto esté comprendido entre trescientos pesos ($ 300) y un mil quinientos pesos ($ 1500) intentarán el cobro en el domicilio constituido por el deudor o en el que surja de diligencias practicadas al efecto. Si esta gestión fracasara, se declarará a sus titulares deudores del Fisco sin más trámite. Si las deudas excedieran de un mil quinientos pesos ($ 1500), deberá reclamarse su pago con fijación de plazo y por medios que aseguren su notificación al deudor. Sobrepasando el importe de ocho mil pesos ($ 8000) tal notificación se hará con carácter de único aviso y bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales pertinentes. En las deudas superiores a un mil quinientos pesos ($ 1500) estas gestiones se harán previa determinación de la identidad y situación económica del deudor.Art. 2.– Comuníquese, etc.Videla – Martínez de Hoz – Klix  --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:44:54 Post date GMT: 0020-00-09 18:44:54 Post modified date: 0020-00-09 18:44:54 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:44:54 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com