DECRETO 2699/1977
CONTRATO DE TRABAJO
Jornada de Trabajo. Horas Extraordinarias
Horas extras. Realización. Prórroga
del 5/9/1977; publ. 15/9/1977
Visto lo dispuesto por el decreto 3553 del 30 de diciembre de 1976 y lo solicitado por el Ministerio de Trabajo de la Nación, y
Considerando:
Que el decreto 3553/1976 por el art. 1 autorizaba por el período de 180 días, la realización de horas suplementarias hasta un máximo de 4 horas por día, 60 horas mensuales y 400 horas anuales.
Que por el mismo decreto se fijaba la suspensión, por el mismo lapso, de la vigencia en lo pertinente de lo establecido en los arts. 13 del decreto 16115/1933 y del decreto 1088/1945 y de toda otra disposición general o de índole particular que se opusiera al decreto en cuestión.
Que atento a que la observancia que estipulaba el decreto 3553/1976 llega a su término, se hace conveniente prorrogar sus disposiciones en vista del mantenimiento de la situación coyuntural que diera origen al dictado del mismo.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta: