This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 12 23:05:59 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- var disURL = '1288593/1290059/de_2823_1964.htm' ;document.write("");]]> DECRETO 2823/1964ENERGÍA NUCLEARMINERÍAExportación. Reglamentación. Modificación del 21/04/1964; publ. 29/04/1964Visto el decreto ley 1647 del 4 de marzo de 1963, que modifica el régimen fijado por el art. 27 del decreto ley 22477/1956 (ley 14467 ) para exportación de los minerales nucleares, yConsiderando:Que el art. 27 del decreto ley 22477/1956 (ley 14467 ) fue reglamentado por los arts. 80 y 81 del decreto 5423/1957;Que el citado art. 27 del decreto ley 22477/1956, ha sido modificado en los términos establecidos por el art. 1 del decreto ley 1647, por lo cual resulta necesario adecuar la reglamentación citada a este nuevo texto;Por ello,El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– Modifícanse los arts. 80 y 81 de la reglamentación aprobada por el decreto 5423/1957 de acuerdo con los siguientes textos:Art. 80.- La comisión al solicitar al Poder Ejecutivo autorización para exportar materiales nucleares, deberá elevar un informe con la síntesis de los estudios económicos y científicos realizados al respecto y las conclusiones de los mismos. En todos los casos deberá indicar dicho informe:a) El material nuclear cuya exportación se pide; su estado y demás características que permitan su perfecta identificación;b) La cantidad que se exportará;c) Su precio, o valor estimado para casos de trueque y demás modalidades de la operación.Art. 81.- En cada caso el Poder Ejecutivo nacional estudiará los antecedentes y si considera procedente la operación, otorgará el correspondiente permiso. La exportación será realizada por la comisión.Art. 2.– El presente decreto será refrendado por los ministros secretarios en los Departamentos del Interior y de Economía y firmado por los secretarios de Estado de Industria y Minería y de Hacienda.Art. 3.– Comuníquese, etc.Illia - Palmero - Blanco - Concepción - García Tudero --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:47:45 Post date GMT: 0020-00-09 18:47:45 Post modified date: 0020-00-09 18:47:45 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:47:45 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com