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Legislación NacionalEl presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– Compete al Ministerio de Bienestar Social de la Nación, por intermedio de la Secretaría de Estado de Acción Social, la totalidad de las funciones, atribuciones y derechos que el decreto 7342/1965 otorga al Ministerio del Interior. Art. 2.– Los premios a que se refiere la primera parte del art. 25 del decreto 7342/1965 que a la fecha no hubiesen sido realizados o no se les hubiese dado un destino especial, pertenecen al Estado nacional quedando afectados al Ministerio de Bienestar Social de la Nación el que por intermedio de la Secretaría de Estado de Acción Social procederá conforme a lo previsto por el art. 26 del referido decreto. Art. 3.– Comuníquese, etc. Videla - Harguindeguy - Fraga |
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