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Legislación Nacional


DECRETO 2952/1984

PODER EJECUTIVO

Misiones oficiales al exterior. Pasajes aéreos en clases turista o económica. Extensión. Sustitución

del 17/9/1984; publ. 19/9/1984

Visto el art. 2 del decreto 9225 del 16 de noviembre de 1964, y

Considerando:

Que por la referida norma se determina que las órdenes oficiales de pasaje que se emitan para las misiones de igual carácter al exterior deberán ser extendidas para las “clase turista” y “clase económica”, exceptuándose de ese requisito a los ministros, secretarios, subsecretarios o funcionarios de igual jerarquía, los que pueden viajar en “primera clase”.

Que en orden a las severas medidas de economía y austeridad que resulta necesario adoptar en el ámbito del Sector Público nacional y a las que se halla abocado el Poder Ejecutivo, con la finalidad de lograr el grado máximo de contención al gasto público, corresponde modificar la norma premencionada con miras a obtener resultados reales y efectivos en la materia.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 86 , inc. 1), de la Constitución Nacional,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1 Sustitúyese el art. 2 del decreto 9225 del 16 de noviembre de 1964 por el siguiente:

Art. 2.– La extensión de órdenes oficiales de pasaje, con motivo de misiones de ese carácter al exterior, deberá ser dispuesta únicamente para “clase turista” o “clase económica”, sin distinción de la jerarquía del funcionario que se desplace.

Art. 2 Comuníquese, etc.

Alfonsín – Caputo – Grinspun

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