This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Tue May 12 9:58:29 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO 3035/1977OBRAS PÚBLICASDelegación de facultades en el Ministerio de Planeamientodel 5/10/1977; publ. 20/10/1977Visto que el Ministerio de Planeamiento, consecuente con los propósitos de racionalización administrativa en que se halla empeñado el Poder Ejecutivo, ha materializado con la Secretaría de Estado de Transporte y Obras Públicas un convenio referente a las realizaciones en materia de obras públicas de su jurisdicción, yConsiderando:Que en tal virtud corresponde delegar las facultades y obligaciones de la Ley de Obras Públicas 13064 en dicho Ministerio para que se halle en condiciones de llevar a cabo las obras o trabajos a que se alude en el citado convenio.Que es conveniente, por otra parte, que el ministro de Planeamiento pueda a su vez delegar en el ámbito de su jurisdicción las funciones de que se trata, fijando los alcances de la delegación, estableciendo límites según la naturaleza y monto de las obras o trabajos a realizar.Que la medida propuesta encuadra en lo preceptuado por el art. 2 de la ley 13064, en cuanto la misma prevé la delegación de las facultades y obligaciones emergentes de su texto, en “autoridad, organismo”, y en “funcionario legalmente autorizado”, y en lo establecido en la ley 20524 (arts. 19 y 20 ).Por ello,El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– Deléganse en el Ministerio de Planeamiento, de acuerdo con lo previsto en el art. 2 de la ley 13064, las facultades y obligaciones determinadas por la misma para la ejecución de:a) Trabajos de conservación, reparación y modificaciones o mejoras de sus edificios.b) Ampliaciones menores de sus edificios, previa conformidad para cada una de ellas del Ministerio de Economía (Secretaría de Estado de Transporte y Obras Públicas).Art. 2.– Autorízase al ministro de Planeamiento a delegar las facultades de que se trata en los secretarios de Estado, subsecretarios y en los funcionarios a cargo de los organismos de su jurisdicción fijando los alcances de la delegación, estableciendo los límites pertinentes según la naturaleza y monto de las obras o trabajos a realizar.Art. 3.– Comuníquese, etc.Videla – Díaz Bessone – Martínez de Hoz  --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:49:40 Post date GMT: 0020-00-09 18:49:40 Post modified date: 0020-00-09 18:49:40 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:49:40 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com