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DECRETO 3236/1973 COMERCIO EXTERIOR Lanolina. Derecho de exportación. Reducción del 25/04/1973; publ. 07/05/1973; Visto el expte. 350706/1972 del Registro del Ministerio de Comercio, y Considerando: Que resulta aconsejable rever el tratamiento que en materia de derechos de exportación se aplica a la lanolina (anhidra purísima). Que a tal fin es conveniente proceder a la eliminación del derecho de exportación establecido por el decreto 1570/1972 . Que con esta medida se da cumplimiento a lo establecido por las Políticas Nacionales 67, l08 y 111 aprobadas por decreto 46/1970 . Que la ley 19370 modificada por la ley 19502 faculta al Poder Ejecutivo Nacional a reducir o suprimir los derechos de exportación. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– Redúcese al cero por ciento (0 %) el derecho de exportación fijado por el decreto 1579/1972 , para la exportación del producto comprendido en el siguiente Item de la Nomenclatura de Exportación: 15 05 00 01 (Lanolina [anhidra purísima]). Art. 2.– La medida dispuesta por el art. precedente se aplicará para las exportaciones cuyos permisos de embarque se oficialicen a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial. Art. 3.– Comuníquese, etc. Lanusse - García - Wehbe - Lanusse
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