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var disURL = '1305620/1308107/de_361_1990.htm' ;document.write("");]]> DECRETO 361/1990 SERVICIO PENITENCIARIO Servicio Penitenciario Nacional. Bonificación por título universitario del 22/02/1990; publ. 02/03/1990 Visto el expte. 69.631/88 del registro de la Secretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación mediante el cual la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal solicita implementar la bonificación por título universitario para el personal, y Considerando: Que el art. 95 de la ley 20416 establece el régimen de retribución de los agentes penitenciarios. Que dicha retribución está integrada por el sueldo, por bonificaciones y todo suplemento o compensación que las leyes o decretos determinen. Que con anterioridad a la entrada en vigencia del decreto 2192 de fecha 28 de noviembre de 1986 las remuneraciones del personal penitenciario se equiparaban a las fijadas para el personal de la Policía Federal, de acuerdo a lo establecido en el art. 2 de la ley 18291. Que el citado decreto 2192 de fecha 28 de noviembre de 1986 derogó las partes pertinentes de todas las disposiciones que relacionen entre sí las remuneraciones del personal comprendido en distintos regímenes remunerativos. Que en consecuencia resulta necesario reconocer la bonificación por título al personal penitenciario, tal como es contemplada para otros profesionales universitarios de la Administración Pública nacional, Fuerzas Armadas y de Seguridad. Que se ha dado intervención a la Dirección de Auditoría general de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal, la cual no tiene objeciones que formular, así como también al servicio permanente de asesoramiento jurídico de la Secretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Educación y Justicia. Que ha tomado intervención la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial. Que la presente medida encuadra dentro de las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo nacional por el inc. 1 del art. 86 de la Constitución Nacional. El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– (Texto según decreto 132/2003, art. 1 ) El personal de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal que posea título universitario de grado con reconocimiento del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, percibirá una bonificación por título del veinticinco por ciento (25%) del sueldo correspondiente al grado de revista. Art. 1.- (Texto originario) El personal de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal que posea título universitario, cuyo plan de estudio prevea una duración no inferior a cinco (5) años percibirá una bonificación por título del veinticinco por ciento (25%) del sueldo correspondiente al grado de revista. Art. 2.– La bonificación por título queda sujeta a aporte previsional. Art. 3.– Los gastos emergentes de la aplicación del decreto serán imputados a los créditos asignados a las partidas específicas del presupuesto general de la Administración nacional vigentes. Art. 4.– Comuníquese, etc. Menem - Salonia |