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Legislación NacionalDECRETO 3719/1984 EMPRESAS DEL ESTADO Procedimiento de contrataciones. Reajustes. Índices. Modificación del 28/11/1984; publ. 4/12/1984 Visto el expte. 932/82 del registro de la Empresa Ferrocarriles Argentinos, y Considerando: Que de conformidad con lo dispuesto por los decretos 229/1974 del 24 de julio de 1974 y 1905/1979 del 8 de agosto de 1979, las empresas incluidas dentro del ámbito de su aplicación deben reajustar los montos límites de los procedimientos de contrataciones, como también sus regímenes internos de delegación de autoridad en materia de contrataciones, el 30 de junio y el 31 de diciembre de cada año, en función de la modificación del índice de precios mayoristas no agropecuarios, publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, tomando como base el mes de agosto de 1974. Que habida cuenta del crecimiento de los precios registrados en los últimos meses, se producen inconvenientes en el tratamiento de los expedientes, por cuanto se recargan las decisiones en los niveles superiores de las empresas. Que por tal circunstancia, resulta procedente facultar a las empresas mencionadas en el art. 1 del decreto 229/1974, a efectuar los reajustes a que se refiere el art. 5 , modificado por el art. 1 del decreto 1905/1979 bajo el mismo índice y base establecidos, en forma trimestral, manteniendo la delegación de facultades dentro de sus niveles y los montos límites de los procedimientos de contrataciones, de conformidad con el espíritu de los mencionados decretos. Que la Constitución Nacional en su art. 83 , incs. 1 y 2, confiere al Poder Ejecutivo facultades sobre la materia. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Sustitúyese el art. 5 del decreto 229 del 24 de julio de 1974, modificado por el art. 1 del decreto 1905 del 8 de agosto de 1979, por el siguiente: Art. 5. Los montos señalados en los arts. 1 y 2 serán reajustados trimestralmente por las empresas, en función de la modificación del índice de precios mayoristas no agropecuarios, publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), tomando como base el índice del mes de agosto de 1974. Art. 2. Comuníquese, etc. Alfonsín Carranza Grinspun
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