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Legislación NacionalDECRETO 434/1992 SERVICIO EXTERIOR Embajadores extraordinarios y plenipotenciarios que se desempeñen en el exterior. Cese de funciones. Plazo del 12/3/1992; publ. 18/3/1992 Visto el art. 5 de la Ley 20957 del Servicio Exterior de la Nación, y Considerando: Que la mencionada norma faculta al Poder Ejecutivo para designar excepcionalmente embajadores extraordinarios y plenipotenciarios a personas que no pertenezcan al Servicio Exterior de la Nación. Que dichos nombramientos se consideran extendidos por el tiempo que dura el mandato del presidente de la Nación que los haya efectuado, cesando automáticamente al expirar el mismo. Que resulta necesario instrumentar el procedimiento a seguir a fin de determinar el cese de funciones de dichos embajadores cuando el mismo se produce durante el mandato del presidente de la Nación que los ha designado. Que el art. 86 , inc. 2 de la Constitución Nacional faculta al Poder Ejecutivo nacional para disponer en la materia. Por ello, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1. Establécese que los funcionarios de la categoría A, embajadores extraordinarios y plenipotenciarios, designados de conformidad con el art. 5 de la Ley 20957 del Servicio Exterior de la Nación, que se desempeñen en el exterior, cesarán en sus funciones a los treinta (30) días de su llegada a la República en cumplimiento de sus traslados. Art. 2. Comuníquese, etc. Menem Di Tella |
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