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DECRETO 4568/1973 COMERCIO EXTERIOR Nomenclatura de Exportación. Incorporación de diversas posiciones del 17/05/1973; publ. 24/05/1973; El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– Incorpóranse a la Nomenclatura de Exportación las posiciones que a continuación se detallan: 29 07 01 00 Derivados halogenados de los fenoles y de los fenoles-alcoholes. 29 07 01 01 Pentaclorofenol. 29 07 01 02 Pentaclorofenato de sodio. 29 07 01 99 Los demás. 29 07 02 00 Derivados sulfonados, nitrados y nitrosados de los fenoles y de los fenoles-alcoholes. Art. 2.- Redúcese al cero por ciento (0%) el derecho fijado por el decreto 1579/1972 para las exportaciones del producto comprendido en la siguiente posición de la Nomenclatura de Exportación: 29 07 01 02 Pentaclorofenato de sodio. Art. 3.– Mantiénense los derechos de exportación para los productos comprendidos en las posiciones de la Nomenclatura de Exportación que se señalan a continuación: 29 07 01 99 Los demás 10% 29 07 02 00 Derivados sulfonados, nitrados y nitrosados de los fenoles y de los fenoles-alcoholes 10% Art. 4.– Mantiénense los niveles de reintegro y reembolso fijados por el decreto 2864/1972 para los productos comprendidos en la siguiente posición de la Nomenclatura de Exportación: 29 07 01 01 Pentaclorofenol. Art. 5.– Las medidas dispuestas por los artículos precedentes, se aplicarán a las exportaciones cuyos permisos de embarque se oficialicen a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial. Art. 6.– Comuníquese, etc. Lanusse - García - Parellada - Wehbe
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