DECRETO 462/1981
RADIODIFUSIÓN
Plan Nacional de Radiodifusión. Aprobación. Derogación
del 13/3/1981; publ. 19/3/1981
Visto la ley 22285 , y
Considerando:
Que uno de los objetivos básicos que fija el mencionado cuerpo legal es promover el desarrollo de los servicios de radiodifusión, sonora y de televisión, mediante la instalación de estaciones de tal carácter en todo el territorio nacional.
Que para concretar el propósito enunciado, resulta menester determinar las zonas de cubrimiento en las cuales se dispondrá la habilitación de dichos servicios, de acuerdo con los convenios internacionales suscriptos por la República Argentina sobre la materia y las factibilidades de carácter técnico existentes.
Que conforme a lo previsto por el art. 110 del ordenamiento normativo precitado, el Comité Federal de Radiodifusión, con intervención de la Secretaría de Información Pública de la Presidencia de la Nación y la Secretaría de Estado de Comunicaciones ha elaborado el Plan Nacional de Radiodifusión en el cual se establecen las localizaciones de estaciones de radiodifusión sonora y de televisión y las pertinentes especificaciones técnicas de emisión.
Que, por otra parte y a efectos de proceder a la adjudicación de licencias para la prestación de los servicios de radiodifusión y, cuando corresponda, transferir los bienes afectados, resulta necesario aprobar los pliegos de bases y condiciones generales que habrán de regir los concursos públicos que a tal fin convocará el Comité Federal de Radiodifusión con arreglo a las facultades que específicamente se le conceden.
Que, asimismo, procede conferir al Comité Federal de Radiodifusión las atribuciones correspondientes para elaborar los pliegos de condiciones particulares de los respectivos concursos.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta: